La renuncia de Duberlí Rodríguez a la presidencia del Poder Judicial ha dejado la plaza libre del cargo más importante de este poder del Estado. La Sala Plena de la Corte Suprema, junto a los 19 jueces supremos que integran este colegiado, deberán definir cómo se procede a la sucesión.

Considerando que la Sala Plena de la Corte Suprema es la máxima instancia deliberativa del Poder Judicial, lo que acuerden lo harán en el marco de lo que señala la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Constitución Política del Estado.Por lo tanto tendrá peso de Ley.

En principio la presidencia del Poder Judicial la asumirá Francisco Távara, el juez supremo decano más antiguo. Távara, a quien Duberlí Rodríguez dirigió su carta de renuncia, pasará a presidir la reunión y automáticamente todos los cargos inherentes: presidente de la Corte Suprema, presidente del Poder Judicial y presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

A pesar que sus funciones son interinas, la ley orgánica del Poder Judicial establece que el vocal supremo decano asume el cargo con las mismas prerrogativas y potestades. Sin embargo luego de su primer acto, o en una próxima Sala Plena, tendrá que plantear la discusión del proceso de sucesión, que tendrá que realizarse dentro de los 60 días calendarios siguientes.

La sala plena se reúne desde las 12:30 horas para tratar sobre la dimisión de Duberlí Rodríguez. Incluso este mismo jueves Sala Plena se puede adoptar la salida que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial utilizó para el Callao, tras la renuncia de Walter Ríos, a la presidencia de esa corte. Una salida prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si decidieran una salida que permite cumplir con lo que señala la legislación, la Sala plena podrá realizar la elección de un nuevo presidente de consenso para que termine el mandato inconcluso de Duberli Rodríguez, hasta el 31 de diciembre del 2018. El renunciante titular del Poder Judicial fue elegido el 1 de diciembre de 2016, con el apoyo de 12 de los 19 vocales supremos que participaron en el proceso. 

DATOS

✔ El presidente de la Corte Suprema es elegido, entre los vocales titulares, por los vocales supremos reunidos en Sala Plena y por los vocales superiores de todo el país.  

✔ La elección del presidente del Poder Judicial, según la Constitución y la Ley Orgánica, se realiza el primer jueves de diciembre y el mandato dura dos años. No hay reelección, ni inmediata ni después de uno o más periodos. 

✔ No está permitido adelantar las elecciones del presidente del Poder Judicial, ya que el elegido gobernaría más de dos años y se cambiará la fecha de la elección.

✔ La ley permite, en caso de la muerte del presidente u otro imprevisto, como una renuncia, elegir un presidente interino hasta el 31 de diciembre.

(Foto de cabecera: Andina)

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