Ha pasado una semana desde que el Poder Judicial de Ayacucho decidiera que en el caso de Arlette Contreras, la joven que en 2015 fue protagonista de un video que mostraba cómo era agredida por su expareja Adriano Pozo en un hotel, no existían pruebas suficientes para demostrar los delitos de feminicidio y violación sexual, ambos en grado de tentativa.

Para entender el porqué se trata de una de las sentencias más criticadas y, según muchos especialistas, más incoherentes de los últimos años en nuestro país, en LaMula.pe conversamos con tres miembros del Grupo de Investigación en Derecho, Género y Sexualidad - Degese, del Departamento Académico de Derecho de la PUCP, enfocándose en los puntos más concretos que merecen mayor atención del fallo y explican la indignación ciudadana frente a él.


Para Ingrid Díaz, abogada penalista y docente área de Derecho Penal de la PUCP, Julio Rodríguez Vásquez,  también abogado y profesor de la misma área, y Cristina Valega, investigadora en temas de género y derecho, esta sentencia es un síntoma de cómo estereotipos que se tiene sobre lo que se espera de las mujeres puede influir en las decisiones judiciales.

Asimismo, preocupante que en este caso específico se haya contado con un video del contexto en el que ocurrieron los hechos. "Algo que muchas mujeres no tienen y por tanto sus casos son mucho peores, muchas veces ni siquiera llegan hasta donde llegó Arlette". 

Según la abogada Díaz, llama la atención que se haya tomado en cuenta otra serie de elementos que resultaban irrelevantes, como, por ejemplo, el someter a la víctima a un exámen ginecológico cuando el delito del que se acusaba era una tentativa de violación.

Además, el hecho de que no se haya tomado en cuenta lo dicho por la Corte Suprema respecto al delito de violación sexual, criterios que son de obligatorio cumplimiento para todos los jueces del país y que señalan que la declaración de la víctima es importante para probar este tipo de delitos.

¿Eran los delitos correctos?

En los últimos días, algunas voces ligadas al derecho criticaron el que de parte de la Fiscalía no se haya buscado acusar por un delito más "sencillo" de probar como el de lesiones.

"Se está tratando de trasladar la responsabilidad al Ministerio Público. Hay mucho por decir sobre lo que se ve en el video, pero este no es la única prueba. Ayuda a entender la otra situación: ¿Por qué denunciar solo por lesiones si lo que se intentó vulnerar fue su libertad sexual e incluso poner en peligro su vida?", señala la investigadora Cristina Valega.

"Claro que lo importante es la lesión, pero el derecho penal no solo sanciona lesiones, también otros tipos de delitos y en grado de intento, de tentativa. Eso no se puede desconocer. Y para tipificar un hecho hay que ver todo el contexto. Alguien que trata de matar a una persona pero al dispararle le lesiona una oreja, no lo van a procesar por una lesión leve en la oreja. Hay que ver cuál fue la acción, cuál fue el contexto".

Por otra parte, para el profesor Rodríguez no se debe ver la sentencia con un objetivo meramente sancionador, sino también de disuasión para evitar que se sigan cometiendo este tipo de actos. 

"Es coherente con una política criminal que busca utilizar la herramienta penal como un vehículo de disuasión. Si tú quieres evitar esto, lo lógico es que sanciones conductas, no resultados. Exigir esto último no tiene lógica en un sistema que busca disuadir este tipo de pensamientos".

Para Díaz, además, un juez debe tener en cuenta que por encima de todo debe impartir justicia, y no ceñirse a probar si los delitos de los que se acusa pueden probarse.

"Un juez es una persona con sentido común. Si además de lo que han dicho las partes, él ve en un video la agresión a una persona, no debería decir 'eso no lo mencionó el fiscal y por tanto no lo tomo en cuenta'. No hay que hacer una lectura legalista de lo que regula el código procesal penal. Hay que hacerlo tomando en cuenta la Constitución y que se tiene que impartir justicia". 

¿Cómo vamos en temas de género?

Para los especialistas, una de las causas del que hoy este tipo de fallos sean criticables, es la poca capacitación de los mismos operadores de justicia respecto a la equidad de género.

"Hay que saludar un interés, hay jueces que están tratando de poner el tema sobre el tapete. Pero también es verdad que si tenemos una sociedad que no acepta una currícula para enseñar equidad de género en los colegios, si los estereotipos no son combativos en los medios de comunicación u otros ámbitos, se van a mantener, porque finalmente los jueces son personas como nosotros también", señala Valega.

"El intento de feminicidio es la punta de un iceberg, cuando ninguna técnica de control previa ha funcionado. También hay una pregunta sobre qué hacer con la violencia de género que no implica este tipo de casos tan graves. Y ahí la respuesta otra vez no tiene que caer en el punitivismo de decir 'todos los agresores a la cárcel'. En otros países los agresores tienen programas formativos para poder readaptar a estas personas. Se han aprendido estos mitos, estas ideas sobre lo que se es ser mujer y como tratar a las mujeres, esos mitos pueden ser revertidos, pero para eso hay que tener una política pública que no tenga en la respuesta punitiva la única salida".


Hasta este viernes las partes tenían plazo para poder apelar la sentencia que prácticamente liberaba de todo tipo de culpa al agresor de Arlette Contreras. Si agotada la vía judicial en nuestro país siente que no ha recibido justicia, aún podrá acudir a organismos internacionales en busca de que lo que le tocó vivir, y de lo que fue testigo todo el país, no quede impune.

"Si uno lee la sentencia es como que hay un gran esfuerzo, se le tiene que solicitar más a Arlette Conteras para creerle. Está su declaración, que la Corte Suprema ya dijo que es relevante en caso de violencia de género; está el video, sin embargo, le toman un montón de exámenes para señalar que lo regular sería que una víctima real de estos casos tenga estrés postraumático y ella no lo tiene. Luego se da a entender que si realmente fuera víctima, debería tener depresión severa o grave. Y se da a entender también que si ella realmente fuera víctima, entonces prácticamente debería haber recibido una paliza, debería notarse golpes en el cuerpo, y eso también la Corte Suprema ha dicho que no es relevante. Ahí uno se da cuenta cómo hay ese sesgo a la mujer, a la denuncia, A ella no hay que creerle, hay que exigirle más para poder creerle. Eso deja un sinsabor muy grande". Ingrid Díaz.



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