La congresista Yeni Vilcatoma, quien llegó al Parlamento con Fuerza Popular y al poco tiempo dejó esta bancada, presentó un proyecto de ley que plantea modificar la tipificación del delito de secuestro. Esta iniciativa legislativa podría favorecer a al expresidente Alberto Fujimori, condenado a 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad, según algunos expertos en derecho penal.
El proyecto busca modificar el artículo 152 del Código Penal, referido al delito de secuestro, y añade en el enunciado del delito una de las causales que actualmente lo agravan. De aprobarse dicho proyecto legislativo, abusar, corromper y tratar con crueldad a una víctima ya no serían agravantes sino modalidad básica del citado delito, informó El Comercio.
“La propuesta de modificación del tipo penal básico y agravado del delito permite desterrar del ámbito de las circunstancias agravantes la referida al trato cruel y humillante que genere sufrimiento y asumir dicha circunstancia como un elemento de tipo básico”, se lee en la exposición de motivo del proyecto de Vilcatoma.
Para el abogado penalista Carlos Caro, esta modificación favorecería Fujimori, a quien se le condenó por delito de secuestro con el agravante de trato cruel contra el empresario pesquero Samuel Dyer y al periodista Gustavo Gorriti.
“Si se modifica la ley, su delito pasaría a ser secuestro simple, pues retroactivamente se podría aplicar la norma a su caso. En consecuencia, podría solicitar el indulto y ya no se podría alegar que no se le puede dar esa gracia por estar condenado por secuestro agravado”, indicó a El Comercio.
El penalista Mario Amoretti coincidió con Caro y agregó que la modificación no solo favorecería al expresidente, sino a muchos otros delincuentes que están condenados por secuestro agravado. "Esta modificación es incoherente, además permitirá que muchos condenados que no podían pedir beneficios penitenciarios porque su condición de secuestro agravado se los impedía, ahora solo tendrán secuestro simple y podrían reclamar esos beneficios", explicó
En cambio, el penalista Luciano López-Flores sostuvo que el cambio no ayudará en nada a Fujimori, ya que la condena que cumple por homicidio calificado y secuestro agravado son cosa juzgada, y que no se podría aplicar la retroactividad positiva que beneficia al reo, ya que esta figura se da solo cuando los imputados están en proceso y aún no hay una sentencia firme y ejecutada.
Otro proyecto de ley
La parlamentaria no agrupada también ha presentado un proyecto de ley que desarrolla y modifica el artículo 491 del Código Procesal Penal referido a la libertad anticipada. En esta iniciativa se incluyen nuevos incidentes de modificación de una sentencia a los ya conocidos beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional.
Para Caro esta propuesta es innecesaria, ya que la libertad anticipada por cumplimiento de los fines de la pena colisionaría con la semilibertad y liberación condicional.
(Foto de cabecera: Andina)
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