El pasado 30 de noviembre, la Comisión de Inteligencia del Congreso, presidida por Marco Miyashiro, de Fuerza Popular, aprobó un dictamen en el que se hacen algunas adiciones a algunos artículos del Decreto Legislativo 1141, que data de diciembre del 2012, durante la presidencia de Ollanta Humala.

Este dictamen no pasaría desapercibido si no fuera porque transfiere ciertas facultades al Congreso, actualmente con mayoría absoluta del fujimorismo, que normalmente son del Ejecutivo. Además, el tema ha sido incluido en el punto 8 la agenda del pleno de este jueves, en la que se decidirá la suerte del ministro de Educación, Jaime Saavedra.

Los cambios realizados en dicho decreto se realizarán en específico en los artículos 30 y 36; y tuvieron la firma de Miyashiro (otrora héroe de la captura de Abimael Guzmán), Carlos Tubino y Yika García, de Fuerza Popular; y César Villanueva, de Alianza para el Progreso (APP). 

No firmaron el dictamen el vicepresidente de la comisión, Gino Costa (Peruanos por el Kambio) y Octavio Salazar (Fuerza Popular) por motivos de viaje; mientras que Justiniano Apaza (Frente Amplio) se ausentó por licencia; tal como consta en el documento líneas arriba.

LOS CAMBIOS

En el artículo 30, se añade el párrafo 30.7:

"La Dirección Nacional de Inteligencia y la Contraloría General de la República dan cuenta a la Comisión de Inteligencia del Congreso de la República sobre el uso de los recursos especiales de la actividad de inteligencia que realizan los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional, en forma documentada, obligatoria, anticipada y permanente sin necesidad de pedido o requerimiento de por medio". 

Y en el artículo 36, se añaden dos cuestiones. La primera, una modificación en el párrafo 36.4:

36.4 El Director de Inteligencia Nacional remite a la Comisión de Inteligencia del Congreso de la República, por escrito y documentadamente y con carácter de secreto, informes anuales sobre:

36.4.1. Las actividades de inteligencia programadas y ejecutadas por los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA, de acuerdo al Plan de Inteligencia Nacional - PIN.

36.4.2. Su gestión en el logro de metas y objetivos alcanzados. 

36.4.3. Las acciones de control que realice el Órgano de Control Institucional.

En este mismo artículo, se añade el párrafo 36.5:

"La Contraloría General de la República informa permanentemente y de manera documentada a la Comisión de Inteligencia del Congreso de la República, sobre las acciones de control realizadas a los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA".

En pocas palabras, estas modificaciones apuntan a que el aparato de inteligencia sea controlado por el Congreso, con su mayoría fujimorista; y que este asuma funciones que normalmente le competen al Poder Ejecutivo. 

Se puede hacer la comparación con el decreto firmado por Humala en diciembre del 2012, que compartimos a continuación:

Foto de cabecera: Andina.

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