Luego de haber sido condenado a un año de prisión suspendida y al pago de seis mil soles de reparación civil por supuesta difamación contra la exeditora del diario El Comercio, Martha Meier; el periodista Rafael León Rodríguez, conocido como Rafo León, fue absuelto de dicho cargo por la Sexta Sala Penal para Reos Libres de Lima.
Esta instancia revisó la apelación presentada por León, y concluyó que el periodista no tuvo el afán de difamar a Meier en su columna ¿Qué hacemos con la primita?, escrita en la revista Caretas, en la que refutaba las posiciones de esta contra la entonces alcaldesa de Lima, Susana Villarán.
"Habiendo fijado el ámbito propio de cada uno de los derechos fundamentales -Honor y Libertad de Expresión-, y comprobado que las palabras y frases que contiene el artículo escrito por el incriminado, si bien son chocantes, quizá exageradas, confrontaciones, de mal gusto, satíricas e irónicas, no son de tal intensidad que lleguen a calificar como ilícito penal porque, como se ha expuesto precedentemente, recaen en el ámbito del interés público, y se sustentan en una base fáctica razonable".
La sentencia inicial, emitida por la jueza Susan Coronado, del 42 Juzgado Penal de Lima, indicaba que León, con dicho artículo "afectó el honor y la economía" de Meier, y además le causó "ansiedad y depresión".
Sin embargo, el tribunal integrado por los jueces Juan Gonzales Chávez, Óscar Sumar Calmet y Enrique León Sagástegui indican sobre Meier:
"La querellante en su condición de periodista escribió sobre el desempeño de un funcionario público -de la ex alcaldesa de Lima Susana Villarán-, el mismo que claramente es de relevancia pública, por su contenido es netamente político, razón por la que la querellante (Martha Meier) debe estar dispuesta a soportar también criticas de esa naturaleza".
Además, sostiene que en la columna de León "no se evidencia información, hecho, expresión o juicio de valor referidos a la esfera íntima o personal de la demandante, sino más bien sus críticas recaen sobre aspectos de naturaleza pública o de interés público".
De esta manera, se revierte una sentencia que era, a todas luces, un atentado contra la libertad de expresión y de prensa.
Foto de cabecera: Diario La República.
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