El último sábado 9 de julio, el diario oficial El Peruano publicó en sus Normas Legales el Decreto Supremo 006-2016 del Ministerio de Educación (Minedu), que establece que la política sectorial de educación intercultural bilingüe es de obligatorio cumplimiento por las entidades de este sector, en todos los niveles de gobierno.

El decreto indica que el Minedu establecerá los mecanismos para hacer seguimiento y evaluación de esta política, que no se limitará a los pueblos indígenas, sino a otros sectores de la sociedad peruana, aún cuando no hablen una lengua originaria.

Las acciones a desarrollar para establecer esta política de Estado serán comprendidas en los presupuestos de los sectores involucrados, sin que haya que tomar otros recursos del tesoro público, y en el marco de la ley.

También establece que, en un plazo de 30 días a partir de la publicación del presente decreto supremo, el Minedu debe aprobar, a través de una Resolución Ministerial, el Plan Nacional de Educación Intercultural Bilingüe.

La norma fue firmada por el presidente Ollanta Humala; el jefe de gabinete, Pedro Cateriano; y los ministros de Educación, Jaime Saavedra; y de Cultura, Diana Álvarez-Calderón.

Foto de cabecera: Agencia Andina.

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