La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) dispuso hoy que el partido Fuerza Popular pague una multa de S/ 395 mil por infringir la Ley de Organizaciones Políticas, que prohíbe la entrega de dinero y dádivas a los votantes. 

La multa equivale a 100 unidades impositivas tributarias (UIT) por infringir el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, según la resolución jefatural de la ONPE publicada en el Diario Oficial El Peruano.

El organismo electoral detalló que los entonces aspirantes Vladimiro Huaroc y Gian Carlo Vacchelli, en el marco de un proceso electoral y con el fin de promover sus candidaturas, así como de la organización política, "ofrecieron y entregaron dádivas y dinero".

Para la ONPE ambas actividades son consideradas legalmente una conducta prohibida, y queda probado que Fuerza

Popular, a través de sus postulantes, ha cometido infracción a la Ley de Organizaciones Políticas.

RADIOGRAFÍA DE LA DECISIÓN

El organismo electoral tomó en consideración el análisis de tres hechos, los descargos presentados y confrontó esos casos con la Ley de Organizaciones Políticas.

El primer hecho se refiere a la participación de Keiko Fujimori en un evento en el distrito de Carmen de la Legua-Reynoso, Callao, el domingo 14 de febrero, organizado por Factor K.

El segundo involucra a Vladimiro Huaroc Portocarrero –exaspirante a la segunda vicepresidencia y al Congreso de la República–, en el que habría ofrecido víveres a damnificados en Satipo, Junín.

El tercer acto atañe al postulante a la reelección al Congreso por Fuerza Popular, Gian Carlo Vacchelli, quien habría entregado S/3,000 a Guillermo Campos durante el programa “Porque hoy es sábado con Andrés”, el 6 de febrero.

La ONPE refirió que en el caso del evento organizado por Factor K, si bien no se ha comprobado la infracción en ese hecho ello no implica que el partido esté exento de sanción por los otros casos.

Por último, la ONPE dispuso notificar al personero legal titular del partido político Fuerza Popular el contenido de la mencionada resolución.

[Texto: Andina]

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