El futuro de la candidatura presidencial de Julio Guzmán se conocerá en las próximas horas, luego de que los abogados de Todos por el Perú, Carlo Magno Salcedo y César Valega, expusieron sus alegatos de la apelación en contra de la resolución 017-2016 del Registro de Organizaciones Políticas (ROP). 

"Hemos visto la apelación, el argumento técnico es muy sólido y el escenario que estamos esperando es que el jurado se pronuncie a nuestro favor", dijo el mismo Guzmán tras la audiencia pública en la sede del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en el Centro de Lima. 

Pero, ¿cuáles fueron esos argumentos y qué tan sólidos fueron? Aquí un resumen de lo que dijeron tanto Valega como Salcedo en la audiencia en la que el pleno del JNE dejó al voto su decisión final, que se conocería en las próximas horas.  

Las fuerza argumentativa de la defensa legal de Todos por Perú giró en que las observaciones del ROP versan sobre asuntos administrativas preelectorales, es decir de cuestiones menores de forma y que en ningún momento se vulneró la voluntad de los militantes.

1. LA PAJA EN EL OJO AJENO 

Valega fue el que inició la defensa de Todos por el Perú y recordó candidaturas con errores de forma que no fueron observadas por las autoridades electorales. Mencionó el caso de Pedro Pablo Kuczynski en la campaña del 2011. "PPK optó por la nacionalidad estadounidense y renunció a la peruana. No la ha vuelto tener. En la elección anterior se burló del JNE", dijo.

También se refirió al caso de Keiko Fujimori y puso en entredicho la forma en que fue ungida candidata presidencial de Fuerza Popular. "No hemos visto en ningún partido elecciones internas", indicó

2. SOBRE LOS PLAZOS, EL QUÓRUM Y ÓRGANOS INTERNOS

Carlo Magno Salcedo fue el encargado de refutar las observaciones del Registro de Organización Política (ROP) referidos a los tiempos. Según el ROP, Todos por el Perú no cumplió con el plazo de 15 días hábiles para convocar a su asamblea del 10 de octubre, en la que eligió el Tribunal Electoral y el Comité Nacional Electoral, así como tampoco publicó la convocatoria en un periódico de circulación nacional.

El abogado refirió que para subsanar estos actos que pudieron “tener algún defecto”, se realizó una nueva asamblea el 20 de enero, en la que los militantes ratificaron los acuerdos del 10 de octubre del 2015, con el fin de evitar una futura invalidación.

Salcedo expone sus alegatos.  (Andina)

Además, Salcedo subrayó que la modificación del estatuto de la agrupación (10 de octubre del 2015), la elección del nuevo comité electoral (24 de octubre) y del nuevo tribunal electoral (11 de noviembre) ocurrieron antes de que se convoquen las elecciones generales (13 de noviembre) e incluso antes de que los partidos realicen las elecciones internas para elegir a su candidato, por lo que no se vulneró en ningún momento los derechos de los afiliados al partido.

Para el ROP, de los 16 dirigentes del partido morado que acudieran a la reunión del 10 de octubre, nueve no eran militantes. Salcedo respondió que sí lo eran, pero que se inscribieron después de marzo del 2015, que es cuando la agrupación presentó su primer padrón de afiliados. “La obligación legal es remitir el registro una vez al año, no cinco ni dos”, anotó.

3. EL PLENO DEL JNE YA LES HA DADO LA RAZÓN 

Carlo Magno Salcedo sostuvo que no es la primera vez que el ROP desestima las solicitudes de inscripción de los estatutos y comités de Todos por el Perú. Ya lo hizo en una anterior oportunidad, en la que la agrupación impugnó y, finalmente, el pleno del JNE les dio la razón en enero pasado. 

"Cualquier discusión queda ya desvirtuada, porque el propio pleno (del JNE) ya sentó una posición sobre el particular. Todos estos actos fueron realizados antes de que se convoquen las eleciones generales (...) En ningún momento se discute la elección interna nuestra, eso está pendiente de calificación en el Jurado Electoral Especial de Lima centro", dijo el letrado. 

4. EL ROP NO TIENE BASE JURÍDICA

El constitucionalista Valega sostuvo que el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), instancia del JNE que cuestiona la candidatura de Guzmán, no aparece en ninguna ley ni en la Constitución. "Es muy grave que el cimiento sobre el que se basa el proceso electoral no tiene base jurídica", subrayo. 

5. DERECHO A LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA

Salcedo alegó que Todos por el Perú no ha infringido la ley electoral y que todos los defectos subsanados conforme a la legislación vigente, e hizo hincapié en que se demostró que los acuerdos tomados fueron respaldados por los militantes antes de la elección interna de su candidato. 

Por ello, anotó el letrado, el respeto a su voluntad no pueden estar condicionada a este procedimiento, que es meramente declarativo, no constitutivo de derechos. "Eso sería vulnerar la autonomía de la libertad de los partidos políticos que son entres privados no entidades estatales", dijo Salcedo.

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