Es un avance. El Congreso de la República aprobó por unanimidad el proyecto de ley que tipifica el maltrato animal como delito, y ya no como una infracción menor.

La Ley de Protección y Bienestar Animal, según se lee, "tiene por finalidad garantizar el bienestar y la protección de todas las especies de animales vertebrados domésticos o silvestres mantenidos en cautiverio, en el marco de las medidas de protección de la vida, la salud de los animales y la salud pública".

Cabe mencionar que la ley no alcanza a las corridas de toros, ni peleas de toros, ni peleas de gallos "y demás espectáculos declarados de carácter cultural por la autoridad competente, la misma que se regularan por ley propia".

Estas excepciones valen ser mencionadas porque uno de los más importantes impulsores de la ley en el Congreso, el parlamentario Carlos Bruce, apoya y pertenece a la plancha electoral de Pedro Pablo Kuczscinsky, quien, por cierto, a través de varias fotos publicadas en la red (ver esta nota de Radio Exitosa) se le ha visto muy contento en eventos de corridas de toros.

tomado de la web de radio exitosa.

Sin embargo, más allá de estas implicancias políticas, esta es una victoria a favor de los llamados "hermanos menores"; es, pues, un avance a favor del bienestar de muchos animales que no tenían ninguna normativa que los amparara frente a casos de sufrimiento y crueldad causados por humanos.

la candidata presidencial por el frente amplio, verónika mendoza, envió su mensaje en su página tras la aprobación de la norma: "Saludo la aprobación de la Ley de contra el maltrato animal, es un paso hacia adelante pero todavía insuficiente porque no protege a los animales usados como "entretenimiento" en las corridas de toro, peleas de gallo y otros "espectáculos"". (tomado del facebook de verónika mendoza)

La norma aprueba incorporar el artículo 207-A al Código Penal para sancionar con pena privativa de la libertad no mayor de tres años, con 100 a 180 días multa, a los responsables de actos de crueldad contra animales domésticos

Se lee en la ley:

"Si como consecuencia de actos de crueldad, el animal doméstico muere, la pena es privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años, con ciento cincuenta a trecientos sesenta días multa y con inhabilitación...".

¿Saludo a la bandera animalista?

Si estás interesado en el bienestar de los animales que son alcanzados en esta ley ten en cuenta lo siguiente: la norma aún debe ser reglamentada por el Ejecutivo para que pueda ser aplicada. Recordemos que estamos ad portas de las elecciones congresales y presidenciales, y los proyectos de ley que quedaron relegados durante años, adquieren relevancia y suelen recibir más atención en estos contextos.

De qué sirve la aprobación de esta ley si la sociedad civil, congresistas y autoridades no realizan el seguimiento para que esta ley se reglamente antes de las elecciones del 2016. Uno de los colectivos que ha venido siguiendo el devenir de esta ley es Perú Antitaurino. No obstante, en las redes, a través de distintas páginas de corte animalista, la sociedad civil ha mostrado su continuo interés por el desarrollo de un aparato legal a favor del cuidado de los animales, y no ha sido una lucha exclusiva de una sola bandera o de un solo político.

Cabe mencionar, además, que el texto de la reciente norma aprobada es un texto sustitutorio consensuado de varias iniciativas entre ciudadanas y congresales. Es así que para el desarrollo de la Ley de Protección y Bienestar Animal se han tomado en cuenta los textos de los proyectos 3059, 3266, 3371, 3573, 3888, 4100, 4666, 4351, 4480 y 4715.


Lee el texto de ley en este enlace.


Notas relacionadas:

El largo camino de un animalista y sus preocupaciones

Pleno del Congreso aprueba Ley de Protección y Bienestar Animal

Corrida de toros: ¿tradición o sufrimiento?