La Comisión de Justicia del Congreso aprobó modificar la Ley de Protección de los Animales Domésticos y Silvestres en Cautiverio, con el objetivo de proteger su vida y bienestar.
La norma plantea establecer sanciones -y no solo multas- ante el maltrato y crueldad causados por el ser humano que les pueda ocasionar sufrimiento, lesiones o muerte.
El presidente de la comisión, Juan Carlos Eguren, explicó que el dictamen ha sido elaborado sobre la base de una iniciativa ciudadana y otro proyecto presentado por la bancada de Gana Perú.
Como sanciones a las personas que cometan actos de crueldad contra esos animales, se incorpora el artículo 207-A al Código Penal, a fin de reprimir con penas privativas de la libertad no mayor de tres años para casos de maltrato.
Si el animal doméstico muere, la pena se amplía de tres hasta cinco años de cárcel, con 150 a 360 días de multa.
¿Tortura o cultura?
Sin embargo, no se incluyó en los alcances de la norma las corridas de toros y peleas de gallos, espectáculos cuyos promotores estarán exentos de sanción.
La propuesta plantea exceptuar de esta medida esos 'espectáculos' y otros eventos que hayan sido declarados de carácter cultural por la autoridad competente.
Con información de Andina.
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