Este jueves, el Poder Ejecutivo, al amparo de las facultades legislativas, emitió una serie de decretos referidos a la seguridad ciudadana.

Una de ellos, establece que conductores y pasajeros de motoicletas deberán usar chalecos distintivos y cascos de seguridad que lleven impreso el número de placa del vehículo en el que viajan.

Las motocicletas deberán lucir en su parte anterior la calcomanía holográfica de seguridad que permita su identificación a través de los sistemas de control electrónico vehicular.

Estas disposiciones están contenidas en el Decreto Legislativo 1216 y señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fijará las especificaciones técnicas para el uso de los cascos de seguridad, el chaleco, así como las restricciones o limitaciones.

1. Celulares robados

De ahora en adelante, los teléfonos celulares reportados como robados, perdidos o clonados no podrán ser habilitados por las empresas de telefonía móvil y, por lo tanto, no podrán venderse nuevamente. Así lo establece el Decreto Legislativo 1217 publicado en el diario oficial El Peruano. 

El ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, dijo que se trata de una medida disuasiva para evitar el constante robo de celulares, dado que en el último año se reportaron 2 millones 260 mil delitos de este tipo.

"Normalmente cuando a uno le roban el celular, uno llama a la empresa y le cortan la línea, pero no inhabilitaban el equipo. Y uno puede ir a la 'Cachina' y lo compra. Ahora, con esta ley, el celular robado tendrá que ser inhabilitado y no se podrá vender. Y si no se puede vender, para qué se roba", señaló.

La medida indica que el reporte de recuperación del equipo -que implica el desbloqueo del mismo- se presenta únicamente en forma presencial por el abonado, cuya identidad se verifica mediante sistema biométrico de huella dactilar.

 2. Función criminalística

La Policía Nacional del Perú (PNP) contará con un Registro Nacional Criminalístico, con las bases de datos de las diversas especialidades policiales, que permitirá el acceso, obtención y procesamiento de la información necesaria para efectivizar la labor contra criminalidad.

Así se dispuso en el marco del decreto legislativo de fortalecimiento de la función criminalística policial en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.

3.  Penas severas

Los ladrones de vehículos, autopartes, así como accesorios y equipos de informática, serán sancionados con penas de cuatro a seis años de cárcel y, si los bienes robados provienen de delitos de robo agravado como secuestro, extorsión o trata de personas, la sanción será entre seis y doce años.

Así lo establece el Decreto Legislativo 1215 aprobado por el Ejecutivo en el marco de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso de la República, y que es publicado hoy en el diario oficial El Peruano.

4. Cámaras de seguridad

El Poder Ejecutivo estableció de manera obligatoria la instalación de cámaras de videovigilancia en bienes de dominio público, vehículos de servicio de transporte público de pasajeros y establecimientos comerciales abiertos al público con un aforo de 50 personas o más.

El respectivo decreto legislativo, publicado hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, precisa que el uso de estas cámaras tiene por objeto servir de instrumento de vigilancia ciudadana, para la prevención de la violencia y del delito, así como el control y persecución del delito o falta.

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- Foto de cabecera: El Comercio.