Como vienen denunciando desde hace años los sindicatos de trabajadoras del hogar, en el Perú la mayoría de empleadores cree que, como el trabajo se realiza en un domicilio privado, no hay ley que respetar ahí. Sin embargo, existe la Ley N° 27986, la cual establece las obligaciones del empleador en beneficio de las trabajadoras.
En setiembre del 2014, la Defensoría del Pueblo publicó un video informativo sobre los derechos de las trabajadoras del hogar. Según el reportaje, los empleadores tienen la obligación de inscribir a las trabajadoras en el Registro de Empleadores, Trabajadores del Hogar y Derechohabientes de la SUNAT. Debe realizar aportes a Essalud y al Sistema de Jubilación.
De igual manera, el empleador tiene la obligación de brindarle alimentación y, en caso sea cama adentro, un alojamiento adecuado, lo cual no debe ser considerado como parte de su remuneración. Debe dar facilidades para que la trabajadora realicen sus estudios. Y no puede obligarlas a usar uniforme o delantal en establecimientos o espacios públicos. De lo contrario, se comete discriminación.
Como vemos en el video de la Defensoría, los derechos de las trabajadoras del hogar son los siguientes:
1. Una jornada laboral máxima de 8 horas diarias o 48 horas semanales.
2. Descanso continúo de al menos 24 horas.
3. Descanso remunerado durante feriados.
4. Seguro social, siempre que laboren una jornada mínima de 4 horas diarias.
5. Vacaciones.
6.- CTS y gratificaciones.
Carmen Omonte, ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, tuvo de manera informal como trabajadora del hogar a María Vásquez Rafael, quien la denunció por no haberle pagado lo correspondiente luego de trabajar más de un año en su casa. La ministra reconoció y pidió disculpas por su "informalidad". Dijo que fue por una "cuestión de tiempo". Debería dar el ejemplo respetando los derechos laborales que aquí se indican.
Notas relacionadas en LaMula.pe:
"Es lamentable que la ministra Omonte haya vulnerado el derecho de otra mujer".
La ministra de la Mujer no respeta los derechos laborales de trabajadora del hogar.