En su sostenido intento de justificar la Ley 30288, también conocida como la Ley Pulpín (y, bastante menos, como la "Ley que Promueve el Acceso de Jóvenes al Mercado Laboral y a la Protección Social"), el ejecutivo está haciendo circular desde ayer un cuestionario con respuestas a las preguntas que, supuestamente, los jóvenes afectados se deben estar haciendo sobre ella.

No vamos a explayarnos ni en el tono primarioso con el que los redactores del cuestionario pretenden reproducir la voz de los jóvenes peruanos (aunque eso es ya, en sí mismo, un insulto), ni en el hecho de que las preguntas y respuestas de los jóvenes sobre este tema ya están bastante claras desde el jueves pasado. Vamos a decir, más bien, esto: estas respuestas dadas por el gobierno son un engaño. Una estafa. Una metida de dedo.

Y no estamos exagerando. Una lectura un poco cuidadosa del cuestionario basta para darse cuenta de que quienes lo hayan escrito están intentando hacer pasar más de un  gato por liebre.

Veamos, si no, algunos ejemplos (editamos en aras de la claridad, pero chequea el cuestionario en el enlace de arriba para verificar, si tienes dudas de lo que estamos diciendo):

1. Ejem... mejor hablemos de otra cosa

Pregunta: 

¿Esta Ley beneficia a las empresas, les están dando mano de obra barata? 

Respuesta: 

El objetivo principal de esta norma es brindar oportunidades de un empleo formal a los jóvenes con problemas de empleabilidad: aquellos que no tienen experiencia laboral, que se encuentran desempleados o en la informalidad (sin contrato).


La falacia debe ser obvia: la pregunta no es sobre el "objetivo principal" de la Ley, sino sobre sus efectos generales. La respuesta, en cambio, no habla de esos efectos, sino de aquel "objetivo principal". Es decir, evade y confunde. Y la razón también es obvia: la verdadera respuesta es sí. Cualquiera sea el "objetivo principal", la Ley beneficia a las empresas, y le está dando mano de obra barata. A eso no hay vuelta que darle y no está en discusión. Y los jóvenes lo saben.

(En el cuestionario, esta pregunta se repite varias veces, y la respuesta siempre es la misma)


2. Tus derechos: ahora los ves, ahora no los ves

Pregunta:

Soy joven pero también tengo derecho al pago de CTS y gratificaciones. ¿Por qué me niegan ese derecho?

Respuesta:

Esta ley no niega ningún derecho. Lo que hace es posibilitar que aquellos que no están empleados o trabajan en la informalidad, puedan acceder a beneficios que hoy no tienen. 


Otra falacia obvia. La primera parte de la respuesta habla sobre derechos. La segunda, sobre beneficios. Y los equipara. Se ve claro si separamos las dos afirmaciones que esta respuesta contrabandea. 1: "Quienes no tienen trabajo, no tienen beneficios laborales" (cierto). 2: "Quienes no tienen trabajo no tienen derechos" (falso). 

Yapa, en la misma respuesta (lo que se llama, en estrategia retórica, un distractor).

También hay que tomar en cuenta que los beneficios que establece esta ley son mínimos, es decir, el trabajador y empleador pueden pactar beneficios adicionales.

Ya, cuñao.


3. No te preocupes, la cosa no es contigo

Pregunta:

¿Cómo se puede decir que será beneficiosa si recorta mis derechos?

Respuesta:

Esta norma no está dirigida a los jóvenes capacitados que pueden encontrar trabajo bajo el régimen general. Está dirigida para aquellos jóvenes que no tienen ningún beneficio debido a que no tienen un empleo formal, o no pueden acceder a este por la falta de experiencia. 


La falacia es la misma que la anterior: me preguntas sobre derechos, te respondo sobre beneficios. Pero además hay otra: la idea de que la ley "está dirigida" a una sub-clase de trabajadores jóvenes. Esto es falso. No hay absolutamente nada en la Ley que prohíba a ninguna empresa emplear bajo este régimen a jóvenes con estudios superiores. No importa cuán capacitado estés, la yuca es la misma. Si tienes de 18 a 24 años de edad, te toca, y no hay diploma que te saque de tu situación si el empleador no quiere correr con ese "sobrecosto".

Yapa, en la misma respuesta:

Bajo esa situación no tienen actualmente ningún derecho ni beneficio laboral. 


Clarísimo. Si estás desempleado, no tienes derechos.

4. Tu chamba es tuya... hasta que la pierdas

Pregunta:

Tengo empleo y los beneficios de estar en planilla. ¿Tengo que pasar obligatoriamente al nuevo régimen y perderlos? ¿Voy a perder mi trabajo?

Respuesta:

Ley señala que un empleador no puede despedir a un trabajador para luego volverlo a contratar bajo este régimen. Tampoco despedir a un trabajador antiguo para reemplazarlo por un joven bajo este régimen.

y

La permanencia o no de un trabajador en un puesto depende de las habilidades y conocimientos que haya demostrado durante esa etapa laboral. Si el trabajador ha demostrado estas habilidades se esperaría que la empresa quiera continuar contando con sus servicios debido a la relación laboral ya establecida con el empleador.

y

Si el trabajador formal cambia de empleo por una nueva oferta laboral, no puede ser contratado bajo este régimen por la nueva empresa, porque la condición para que un joven pueda ser contratado en este régimen es que nunca haya tenido un trabajo formal o haya estado desempleado por un período de 90 días.

Aquí la falacia es por omisión. Lo que dice la respuesta es cierto, al menos en el papel. Pero viene con truco, y el truco le permite escamotear el dato más importante. El truco es este: no te pueden despedir para contratar a alguien bajo el nuevo régimen, pero sí te pueden despedir (o simplemente esperar a que termine tu contrato actual) por cualquier otro motivo. Luego, redefinir tu puesto de trabajo. Y luego, contratar a alguien de tu misma edad, o menor, con menos "sobecostos".

Y ahí sí te jodiste. Porque como ya has estado en planilla, entrarás a un mercado laboral lleno de jóvenes que la nueva Ley ha vuelto más baratos que tú, y esa será tu competencia. Con la que no podrás competir en realidad, porque ya estuviste en planilla. Claro, se esperaría que no fuera así, pero si sí lo es, piña.

5. A ver, opta pues.

Pregunta:

Soy un joven que estoy entre el grupo de 18 y 24 años, ¿voy a ser contratado bajo este régimen?

Respuesta:

No necesariamente, el régimen es voluntario, es decir, opcional. Los demás regímenes laborales siguen abiertos a los jóvenes.

y

La Ley, que es de carácter opcional, tiene por objetivo otorgar un periodo de experiencia laboral relevante, es decir, un tiempo suficiente para que el trabajador adquiera las habilidades requeridas para acceder a nuevos empleos con mejores condiciones.


El cuestionario insiste en que la ley es "opcional", sin explicarte que es opcional para el empleador, no para ti, al menos no más que en un sentido tan teórico que da risa. Como en el caso de tu diploma (esas "habilidades requeridas" que se supone ya posees), si no tienes chamba, y la quieres, y los únicos puestos en oferta son los del nuevo régimen, a ver cómo optas, pues.

Hay más, pero estos ejemplos son el centro de la cuestión y dejan bastante en claro que la única defensa que este gobierno puede presentar para su nueva Ley de explotación de jóvenes es el engaño, el pase de manos retórico.

No te dejes. Sal a la calle, y que se escuchen las verdaderas preguntas que te haces y las verdaderas respuestas que das. 


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