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foto: larepublica.pe

"Humala no puede declarar inocente a Urresti"

Para Carlos Rivera, del IDL, el jefe de Estado podría influir en decisión de juez. Considera que Urresti podría ser condenado a 20 años de prisión y que libertad de asesinos de Bustíos fractura un principio de justicia. 

Publicado: 2014-07-04

Hoy se supo que Víctor Fernando La Vera Hernández, ex comandante del Ejército, y Amador Vidal Sambento, exoficial, acusados de ser coautores del asesinato del periodista Hugo Bustíos, están libres luego de haber cumplido sólo un tercio de las penas de 17 y 15 años, respectivamente, a las que fueron condenados. Es más, el primero de ellos está a punto de ingresar a trabajar a una entidad de la PCM.

“Creo que hay un elemento muy fuerte de fractura de un principio de justicia. Finalmente la condena impuesta inicialmente termina siendo solo un saludo a la bandera y una suerte de burla a quienes lucharon durante cerca de 20 años para que logre eso después de muchas dificultades, tropiezos y problemas que el propio Estado impuso para que esas personas, me refiero a la esposa de Hugo Bustíos, para que encuentre justicia”, afirma al respecto Carlos Rivera Paz, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL).

En su opinión, es totalmente transgresor de un principio de justicia que a una persona o a dos que hayan sido condenados por un crimen tan grave como un asesinato, se les imponga una pena entre 17 y 15 años y posteriormente gracias a este beneficio terminen simplemente cumpliendo menos del tercio de esa condena.

Humala no es un juez

En cuanto a las declaraciones del presidente Ollanta Humala a favor del ministro del Interior, Daniel Urresti, respecto al mismo caso, Rivera advierte que es posible que el tribunal que en su momento tuvo este caso se vea interferido. “Nadie designa al presidente para que él determine responsabilidad de carácter criminal de sus ministros. Lo hemos elegido para que gobierne el Perú, no para funciones que son propias de un juez o de un tribunal de justicia”, aseveró.

El abogado en este aspecto consideró como un mal mensaje las declaraciones del jefe de Estado. Dijo que se ha fracturado por completo la independencia de poderes. “Una cosa es juzgar a Juan Pérez y otra juzgar a un ministro de Estado porque además, con las características que tenemos y respaldado por el presidente de la República que ha dicho que es inocente, adelantado un juicio de opinión y de valor sobre lo que es de exclusiva responsabilidad del Poder Judicial“, subrayó.

Urresti dice que no, pero ...

¿Qué ocurriría con Urresti, si es que la Sala Penal Nacional desarrolla un juicio oral por el asesinato del periodista? "Lo más probable es que la fiscalía superior formule acusación y solicite 20 años de pena privativa de libertad para el ministro en el momento que se emita una decisión judicial por la Sala Penal Nacional. Es correcto lo que dice Urresti que el caso está cerrado, pero solamente para La Vera Hernández y Vidal Sambento”, señaló Rivera en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

Como se sabe, tanto Urresti como la PCM y el presidente Humala han dicho que es un caso cerrado. “Para los condenados está cerrado y, por lo tanto, ellos van a acudir al nuevo proceso judicial en condición de testigos si es que la Fiscalía decide llamarlos. Acá se va a unir esa doble actividad probatoria, esta múltiple evidencia contra Daniel Urresti”, explicó.

Y si bien el ministro ha dicho que su nombre nunca apareció en las investigaciones ni en el juicio en el que los dos oficiales antes señalados fueron condenados por el asesinato de Bustíos, Rivera afirma que en un proceso judicial lo importante es la base probatoria que cuente el órgano encargado de las pesquisas.

“El acusado puede decir que no sabe nada, que no escuchó nada, que era ciego en ese momento, que era sordo y mudo. En un proceso judicial no hay que hacer imputaciones o conclusiones sobre la base de las declaraciones del acusado, en este caso Urresti, sino sobre la base de la actividad probatoria que desarrolla el órgano encargado de introducir la prueba a un proceso judicial que es la Fiscalía. Y la Fiscalía en este proceso judicial ha cumplido su labor”, detalló.

Y añadió: “La actividad probatoria que se desarrolló en el primer proceso judicial que determinó la existencia de pruebas y de evidencias suficientes para condenar a Víctor La Vera Hernández y Amador Vidal Sambento que va a ser introducida a este proceso judicial y luego la actividad probatoria que se ha comenzado a desarrollar desde el año 2009 que se reabra la investigación sobre la persona de Urresti y que es una evidencia y una actividad probatoria dirigida de una manera mucho más precisa a una persona que no había sido identificada anteriormente”.

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Escrito por

ALBERTO ÑIQUEN G.

Editor en La Mula. Antropólogo, periodista, melómano, viajero, culturoso, lector, curioso ... @tinkueditores


Publicado en

Redacción mulera

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