La Segunda Sala de Apelaciones Nacional rechazó este miércoles la recusación presentada por Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, contra el juez Víctor Zúñiga Urday, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria. El magistrado tiene a cargo la evaluación del pedido de la fiscalía de 36 meses de prisión preventiva para la lideresa de Fuerza Popular en el marco del caso Odebrecht

Según la resolución emitida por el tribunal, Zúñiga Urday continuará dirigiendo las incidencias de la investigación a la excandidata presidencial por presunto lavado de activos y otros delitos. Por lo tanto, en los próximos días será él quien decida si dicta o no prisión preventiva solicitada por el fiscal miembro del Equipo Especial Lava Jato José Domingo Pérez.

Loza sustentó en su requerimiento que el mencionado magistrado, al convocar a audiencia de prisión preventiva contra su patrocinada, demostraría una falta de “imparcialidad”, debido a que la diligencia era acogida apenas semanas después que el Tribunal Constitucional (TC) declaró nulas las resoluciones judiciales que encarcelaron a su patrocinada.

“Giulliana Loza Ávalos sostiene que su defendida estaría sujeta al proceso con una medida de comparecencia simple, por lo cual la modificación de su situación jurídica debería tramitarse como una variación de ese estado jurídico a una medida cautelar más gravosa, y como no se ha optado por esa vía considera arbitrario que se haya convocado a una nueva audiencia de prisión preventiva, en base a un requerimiento fiscal de hace más de un año y sobre cuyos fundamentos considera existe pronunciamiento del Tribunal Constitucional”, se lee en el documento firmado por los magistrados Sahuanay Calsín, Quispe Aucca y Medina Salas. 

Sin embargo, el colegiado indicó que corresponde al Ministerio Público solicitar la convocatoria de una nueva audiencia de prisión preventiva “y al juez recusado acceder a ese pedido”. “No puede considerarse que haya incurrido en acto arbitrario, pues corresponde al estado y naturaleza de un requerimiento de prisión preventiva que quedó sin pronunciamiento jurisdiccional”, añade la misma resolución.

resolución que declara infundado recusación contra juez víctor zúñiga (el comercio).

Asimismo, señaló que la sentencia del TC que ordena la excarcelación de Keiko Fujimori, deja sin efecto las resoluciones que ratifican la prisión preventiva en su contra, “y conforme a su propio texto retrotrae las cosas al estado anterior de la emisión de las resoluciones judiciales”. “En efecto, el estado anterior a la emisión de las resoluciones judiciales anuladas es emitir pronunciamiento” sobre el pedido de prisión preventiva contra la lideresa fujimorista. 

Este miércoles, el juez Víctor Zúñiga Urday continuará revisando el pedido de prisión preventiva contra Keiko Fujimori, desde las 3 de la tarde, con participación del fiscal Pérez y la defensa. Se espera que el magistrado resuelva el caso a más tardar el sábado 11 de enero.

(Foto de cabecera: Andina)

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