El presidente del Congreso, Daniel Salaverry, autorizó a la Oficialía Mayor a registrar a los nuevos grupos parlamentarios que lo soliciten su inscripción en el Poder Legislativo en el marco del fallo que dio el Tribunal Constitucional (TC) en julio del año pasado, que dejó sin efecto en parte la ley que castiga el transfuguismo. 

Por medio de la resolución N°008-2018-2019-P/CR,  Salaverry le ordenó a la Dirección General de Administración del Congreso a que provea a los nuevos grupos de “personal, recursos y ambientes” para el desarrollo de sus funciones.

En el mismo documento el titular del Congreso se refirió que los parlamentarios “que se encuentren en dicha situación podrán conformar un nuevo grupo parlamentario, adherirse a uno ya existente o recurrir a la fórmula de configurar un grupo parlamentario mixto”, tal como establece el TC. En ese sentido, exhortó a las bancadas que se registren que “acrediten inmediatamente” a sus voceros e integrantes de la Junta de Portavoces y del Consejo Directivo.

Tras el anuncio de Salaverry, se conformarían hasta 3 nuevas bancadas en el Congreso: La bancada liberal -conformada por los exoficialistas y Francesco Petrozzi, Cambio21-agrupación liderada por Kenji Fujimori- y otra que sería impulsada por el mismo presidente del Congreso, hoy con licencia temporal a la bancada fujimorista. 

fuente: el comercio

Esta decisión parece haber incomodado a Fuerza Popular, bancada mayoritaria del parlamento, pues su vocero Carlos Tubino envió una solicitud Salaverry para que convoque de forma inmediata una junta de portavoces para brinde más detalles sobre su resolución que permite conformar nuevas bancadas e el Congreso.

El fallo del TC 

Como se recuerda, el máximo interprete de la Constitución estableció que el artículo 37 del reglamento del Congreso debe ser interpretado, en el sentido, “de que no está prohibida la renuncia de los congresistas de las agrupaciones políticas en el supuesto de disidencia por razones de conciencia debidamente justificadas”.

De esta manera declaró fundada, en parte, la demanda de insconstitucionalidad contra la mal llamada "Ley Antitránsfuga", que prohibía que parlamentarios se separen de sus bancadas de origen para formar otras, que fue aprobada al inicio de la administración de Fuerza Popular en el Parlamento.

A través de una nota de prensa, el TC informó que declaró inconstitucionales los artículos 37.5, 37.2 y 76.2.3 del Reglamento del Congreso, que regulaban la prohibición de conformar nuevos grupos parlamentarios para los congresistas que se retiren, renuncien, sean separados o hayan sido expulsados de sus bancadas o partidos políticos pos los que fueron elegidos.

Explicó que en relación con la inconstitucionalidad del artículo 37.5, que regulaba la prohibición de conformación o adhesión a un grupo parlamentario, "la disposición impugnada vulneraba los derechos a la libertad de conciencia, a la participación política y al principio de interdicción de mandato imperativo, ya que no se reconocía la posibilidad que, por motivos legítimos, un congresista pudiera apartarse de su agrupación política".

 (Foto de cabecera: Andina)

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