En las últimas semanas, Lima se conmocionó por uno de lo hechos más violentos que hemos visto en los últimos años: la matanza en un centro comercial en Independencia, donde un vendedor ambulante descontrolado porque fue desalojado del lugar donde trabajaba, desató una balacera y cegó la vida de seis personas inocentes. El asesino tenía licencia para portar armas, aunque vencida, pese a su evidente desequilibrio emocional.
En ese contexto, este jueves la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) reforzó los requisitos para el otorgamiento de certificados de salud mental destinados a la obtención de licencias para portar armas de fuego.
Los cinco datos mínimos que deberán tener estos certificados de salud mental son: nombres y apellidos del solicitante; número del DNI o Carné de Extranjería; declaración de apto o inapto; nombres, apellidos y sello del psicólogo y médico psiquiatra intervinientes; nombres, apellidos y sello del subdirector o director del establecimiento de salud.
Por su parte, los 21 establecimientos de salud públicos y privados autorizados para otorgar certificados de salud mental tendrán la obligacción de que los profesionales que efectúen los exámenes sean titulados, colegiados y hábiles para el ejercicio de la profesión.
Además, el establecimiento de salud deberá informar virtualmente a la Sucamec los resultados de los exámenes de los solicitantes. Esto deberá darse el mismo día de las pruebas e independientemente de que se encuentren o no aptos para portar armas. Deberán llevar un archivo de las historias clínicas de estos informes psicológicos y/o psiquiátricos.
(Foto de portada: Andina)
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