En el marco de las facultades delegadas por el Congreso en materia de seguridad ciudadana, el Gobierno publicó este sábado el Decreto Legislativo Nº 1244, el cual aumenta las penas para el crimen organizado y tenencia ilegal de armas, y prohíbe los beneficios penitenciarios para sicarios.
El dispositivo, que fue publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica los artículos 279 y 317 del Código Penal.
Los sectores a cargo de los ministros del Interior, Carlos Basombrío, y de Justicia, Marisol Pérez Tello, fueron los encargados de elaborar los cambios en la Ley de Crimen Organizado.
Una de los principales objetivos de la medida es reducir el uso y tráfico ilegal de armas de fuego, situación que ha provocado el incrementó la violencia criminal en el país en los últimos años.
El crimen organizado incluye delitos como el homicidio calificado, sicariato, conspiración y ofrecimiento para el delito de sicariato, secuestro, trata de personas, violación del secreto de las comunicaciones, delitos contra el patrimonio, pornografía infantil, extorsión, tráfico ilícito de drogas, reglaje, lavado de activos, entre otros.
Punto por punto
- La norma sanciona con penas de seis a 15 años de prisión a quienes fabriquen, suministren o posean artefactos explosivos o materiales destinados a su preparación.
- Una pena similar, no menor de 8 años ni mayor de 15, tendrán quienes presten, alquilen o trafiquen armamento, más aún si son miembros de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional. Estos, además de la cárcel, quedarán inhabilitados para la función pública y pierden sus grados y honores.
- En cuando a los sicarios, se establece que estos no accederán a los beneficios penitenciarios como la redención de la pena por el trabajo y la educación, semilibertad y liberación condicional.
Organización criminal
- El decreto establece que quien promueva, organice, constituya o integre una organización criminal de tres a más personas recibirá de ocho a 15 años de cárcel. Igual condena tendrán si causan la muerte o lesiones graves durante su accionar delictivo.
- La norma también permitirá a la Policía actuar de forma preventiva, porque los delincuentes que sean detenidos planeando actos criminales serán sancionados con una pena severa que va de 8 a 15 años y de 15 a 20 años en el caso de líderes, cabecillas o financistas de la organización criminal.
- Además se ha incluido el delito de ‘banda criminal’, que sanciona a grupos de delincuentes que se unen para cometer un delito, pero de manera no organizada.
Cambio constitucional
Otra de las medidas que plantea el Ejecutivo es ampliar el plazo de detención de 24 a 72 horas en los casos de delito común, y de 15 días para los delitos relacionados con crimen organizado. Pero esta modificación no será por decreto, sino vía una reforma constitucional que se debatirá en los próximos días en el Congreso.
El ministro Basombrío sostuvo que si esta media es aprobara, la Policía y la fiscalía podrán hacer mejor sus investigaciones. "Hoy los agentes tienen un corto tiempo de detención, y no se completan las investigaciones y el peritaje; esto implica que el Poder Judicial no tenga las herramientas para la sanción correspondiente", dijo el titular del Interior, citado por La República.
DATO
Hasta la fecha, 67 de 626 delincuentes prófugos de la justicia han sido capturados gracias a la campaña del Programa de Recompensas "Que ellos se cuiden".
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