El Gobierno decidió prorrogar por 45 días calendario más el estado de emergencia decretado en el Callao, pese a que desde que la medida fue decretada el pasado 4 de diciembre -y ampliada el 16 de enero pasado- la inseguridad y la crímenes en el primer puerto no han disminuido en lo más mínimo.

Esta decisión -publicada hoy en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano- empezará a regir a partir del 3 de marzo, periodo en el cual el control del orden interno en la provincia constitucional estará a cargo de la Policía Nacional del Perú.

La norma que prorroga el estado de emergencia establece la suspensión de derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personal y la inviolabilidad de domicilio, comprendidos en los incisos 9 y 24, apartado f del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

La decisión se fundamenta en el artículo 44 de la Carta Magna, que prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.

La norma lleva la rúbrica del mandatario Ollanta Humala; el presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano; y los ministros del Interior, José Luis Pérez Guadalupe; y de Justicia y Derechos Humanos, Aldo Vásquez.

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Foto de cabecera de Andina