El juez Daniel Ríos Ramírez, titular del Primer Juzgado Penal Nacional, rechazó el pedido de la defensa de los militares Héctor Lazo Galliani y Carlos Amador Trevejo Rojas para declarar la prescripción de la matanza de los presos por terrorismo en el penal El Frontón, ocurrida en 1986, según informa el diario La República.
"Los derechos humanos, por definición, no se pueden disponer ni prescriben. La interpretación brindada a los derechos humanos por los órganos de supervisión de los tratados excluye la aplicación de las disposiciones de prescripción", señala la argumentación del magistrado, quien ha determinado que, de acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los crímenes imputados califican como de lesa humanidad.
Así, seguirá su curso el juicio que enfrentan ambos militares por homicidio calificado, en las modalidades de asesinato por ferocidad.
Miguel Huerta, director general de la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH), institución que patrocina el caso señaló que la decisión "se ajusta a la normatividad interna y a los compromisos internacionales asumidos por el país” y que "se han aplicado principios para desterrar criterios de impunidad en delitos contra los Derechos Humanos".
La matanza de El Frontón
Los hechos materia de juicio ocurrieron durante la madrugada del 19 de junio de 1986, cuando las fuerzas armadas pusieron fin al amotinamiento de los reclusos de El Frontón, presos por terrorismo que coordinaron la acción con los prisioneros de otras dos cárceles de Lima. La Marina de Guerra bombardeó el establecimiento, y de acuerdo a diversos testimonios, fueron ejecutados varios presos que ya se habían rendido. Entre los oficiales al mando del operativo estuvo el hoy almirante Luis Gianmpietri.
El día previo a la intervención, el gobierno promulgó el Decreto Supremo N° 006-86-JUS, que declaró a las cárceles "zonas militares restringidas", de modo que se impidiera el ingreso de autoridades civiles (jueces y fiscales). La comisión investigadora del caso, en su momento, interpretó esta declaratoria como una preparación a la operación militar, de lo que debía derivarse responsabilidad política en el entonces presidente Alan García.
En 1989, la justicia militar descartó el caso, y recién en el año 2000 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió una sentencia responsabilizando al Estado. En 2004 la denuncia formulada por la Fiscalía especializada en Derechos Humanos archivó la inclusión de García y de su ministro del Interior Agustín Mantilla, al comprender en el caso sólo a un grupo de miembros de la Marina.