Urviola: "Se priorizará a los tenedores originales de bonos"
Fallo establece que el Estado peruano podrá pagar en efectivo, con terrenos eriazos o nueva emisión de bonos del Estado. Conozca el mecanismo de devolución otorgado por el TC.
"Hemos sido muy prudente con la sentencia. Es una decisión histórica para el Perú", indicó el presidente del Tribunal Constitucional, Oscar Urviola, en defensa del fallo que emitieron hoy para la ejecución del pago de los bonos de la reforma agraria.
Urviola explicó que la sentencia establece que el Gobierno tiene un plazo de 6 meses para, a través de un decreto supremo, reglamentar la devolución, 2 años para reconocer y actualizar la deuda (cuantificarla) a cada tenedor y 8 años para pagar la.
El presidente del TC señaló que la sentencia “ratifica que el criterio de valorización de la deuda agraria debe expresarse en dólares americanos más las tasas de interés correspondientes”.
Mecanismos de devolución
Asimismo, el fallo indica que se dispondrá de tres modalidades de pago: mediante dinero en efectivo, la entrega de terrenos erizos, rústicos o agrícolas o también la emisión de nuevos bonos con la tasa de interés de las emisiones ordinarias que hace el Estado peruano.
Urviola manifestó que la sentencia ha sido "prudente" para no afectar el equilibrio fiscal. Además resaltó que el fallo establece una prelación para la devolución de los bonos.
Prelación entre los tenedores
De este modo, en primer lugar se efectuará el pago a las personas naturales sobre las jurídicas. Como es sabido, el Banco de Crédito posee una gran cantidad de bonos, así como diversas instituciones.
Entre las personas naturales se dará prioridad a los tenedores originales y entre éstos, tendrán preferencia los mayores de 65 años. Luego a los descendientes. Una vez cumplido este pago se efectuará el mismo procedimiento con las personas jurídicas.
"Estamos disponiendo que el Estado peruano [pague los bonos agrarios], en cumplimiento de una sentencia y de una obligación que asumió hace 40 años", remarcó Urviola.
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