A 35 días de la eventual asunción de Keiko Fujimori a la Presidencia de la República, el Congreso aprobó este martes 23 de junio, en segunda votación, una ley que amplía la competencia del fuero militar policial, redefine el concepto de delito de función y limita la intervención de la justicia ordinaria en investigaciones contra policías y militares.
La iniciativa fue aprobada con 52 votos a favor y modifica el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal. Sus promotores sostienen que busca fortalecer la función militar y policial, evitar la denominada “doble persecución penal” y sancionar con mayor severidad a los efectivos que colaboren con organizaciones criminales.
Sin embargo, el aspecto más controvertido de la norma no es el aumento de penas para policías o militares vinculados al crimen organizado, sino la ampliación del concepto de delito de función y la preferencia que se otorga al fuero militar policial frente a la justicia ordinaria.
El nuevo texto establece que se considerará delito de función “toda conducta ilícita” cometida por militares o policías en actos del servicio, consecuencia del servicio o con ocasión de él. Además, incorpora como delitos de función las conductas realizadas por miembros de las Fuerzas Armadas durante operaciones de control del orden interno en estados de emergencia y por efectivos policiales en actividades de prevención e investigación del delito, inteligencia, control de identidad, vigilancia de fronteras y otras funciones institucionales.
La ley también prohíbe que existan procesos paralelos en la justicia ordinaria y en la jurisdicción militar policial cuando los hechos y las personas investigadas sean los mismos. Más aún, dispone que la Corte Suprema deberá privilegiar la jurisdicción militar policial al resolver conflictos de competencia entre ambos fueros.
Adicionalmente, una disposición complementaria establece que, cuando exista un proceso en el fuero militar policial y no haya sentencia firme en la justicia ordinaria, los jueces ordinarios deberán archivar las investigaciones o procesos en trámite, dejar sin efecto medidas de coerción e incluso anular condenas que aún no hayan adquirido la condición de cosa juzgada.
Rechazo a la impunidad y advertencias de lo que se viene
La aprobación de la norma generó duras críticas desde sectores de oposición y organizaciones defensoras de derechos humanos.
La congresista Susel Paredes sostuvo que la aprobación de esta y otras normas impulsadas por el fujimorismo y sus aliados “consagra la impunidad” y advirtió que el país podría ingresar a una etapa de retroceso institucional.
Por su parte, la congresista Ruth Luque calificó la medida como parte de un “Pleno de impunidad” y sostuvo que la reforma distorsiona el concepto de delito de función para trasladar al fuero militar policial hechos que deberían ser conocidos por la justicia ordinaria.
La preocupación no es nueva. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado reiteradamente que la jurisdicción militar debe tener un carácter restrictivo y excepcional, limitado exclusivamente a delitos que afecten bienes jurídicos propios del orden militar. En la sentencia del caso La Cantuta contra Perú, el tribunal advirtió que el traslado de casos a la justicia militar fue utilizado durante la década de 1990 para obstaculizar investigaciones y favorecer la impunidad de graves violaciones a los derechos humanos.
Organizaciones como Amnistía Internacional también han recordado que los tribunales militares no son competentes para investigar ni juzgar presuntas violaciones a los derechos humanos, debido a que carecen de la independencia necesaria frente a la estructura institucional de las fuerzas involucradas.
Una ley con efectos inmediatos
La aprobación de esta norma ocurre mientras el país mantiene abiertas investigaciones y procesos contra policías y militares por presuntos abusos cometidos durante protestas sociales y operaciones de control del orden interno.
Uno de los casos más recientes es el de Colcabamba, donde el Poder Judicial dictó 12 meses de prisión preventiva contra militares investigados por la muerte de cinco jóvenes. Asimismo, la aprobación coincide con la conmoción generada por la muerte de un menor dentro de una comisaría de Manchay y las posteriores protestas ciudadanas que fueron reprimidas por la Policía Nacional.
Contrario a lo que dicen los defensores de la norma, el verdadero efecto de la reforma no será combatir el crimen organizado dentro de las fuerzas de seguridad, sino ampliar el alcance del fuero militar policial y reducir los espacios de control de la justicia ordinaria sobre conductas que podrían involucrar graves violaciones de derechos humanos.
Con la aprobación en segunda votación, el proyecto será remitido al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación u observación.