El abogado constitucionalista Luciano López, defensor legal de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, advirtió que la Policía Nacional del Perú (PNP) incurriría en responsabilidad legal si ejecuta la reposición de Patricia Benavides mientras existe un procedimiento administrativo pendiente ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

En declaraciones al programa Vértice de #LaMulaStream, López señaló que la titular del Ministerio Público (MP), en ejercicio de su derecho, presentó una oposición formal a la resolución de la JNJ, lo cual activa un trámite que impide la ejecución inmediata de la medida.

“Esta es una decisión administrativa. La ley te da la facultad de oponerte, fundamentando tus razones y pidiendo que el colegiado lo resuelva. Ese trámite ya ha sido iniciado, por tanto, no se puede ejecutar la resolución mientras esté pendiente”, explicó en entrevista con Jaime Chincha.

Según López, mientras no se resuelva esa oposición, cualquier intento de ingreso forzoso al MP para reponer a Benavides carece de sustento legal. Además, acusó al presidente de la JNJ, Gino Ríos Patio, de actuar irregularmente al pedir a la PNP cumplir la resolución por la fuerza.

“La Policía tendría que asumir las responsabilidades legales de un delito hasta flagrante, porque no es una autoridad judicial y hay trámites administrativos pendientes”, alertó.

Más temprano, el medio Epicentro TV reveló que el juez titular Juan Torres Tasso, quien había admitido a trámite el amparo presentado por Espinoza, pidió licencia, y que su despacho fue asumido temporalmente por la jueza supernumeraria Ana Osorio. Esta magistrada es la misma que tramitó el amparo de Patricia Benavides y que declaró la sustracción de la materia en ese caso.


¿Qué dice la Constitución?

De acuerdo con el artículo 158 de la Constitución Política del Perú, el Ministerio Público es un organismo autónomo y su titular, la fiscal de la Nación, no puede ser intervenida ni removida por decisión del Ejecutivo ni por otro poder del Estado sin seguir el debido proceso. La Junta Nacional de Justicia, por su parte, tiene la competencia constitucional de nombrar, ratificar y destituir a fiscales supremos (artículo 154), pero no tiene atribuciones para interferir directamente en la línea de mando del Ministerio Público, mucho menos cuando existe un recurso judicial o administrativo pendiente.

Así, el intento de ejecutar la reposición de Benavides sin que se haya resuelto el pedido de oposición administrativa ni la acción de amparo interpuesta por Espinoza podría vulnerar los principios constitucionales de legalidad, debido proceso y autonomía del Ministerio Público. El uso de la fuerza pública en este contexto, sin resolución judicial firme, comprometería la separación de poderes y el respeto al Estado de derecho.



[Foto de portada: Valeria Coca / LaMula.pe]


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