La reciente promulgación de la Ley 32326, que modifica la Ley de Extinción de Dominio, ha provocado el consenso entre el Ministerio Público (MP) y el Poder Judicial (PJ). En comunicados públicos, tanto el Poder Judicial como la Fiscalía de la Nación han expresado su rechazo a esta reforma por considerar que debilita las herramientas legales para enfrentar a la corrupción, el crimen organizado y el lavado de activos.

En un pronunciamiento, el Poder Judicial advirtió que la especialidad de decomiso sin condena es una herramienta eficaz para retirar del mercado bienes obtenidos ilícitamente, especialmente en casos donde el derecho penal tradicional no puede llegar: testaferros, tráfico de datos, suplantación de identidad y uso del mercado negro. Desde 2019 hasta el primer trimestre de 2025, gracias a este mecanismo, se logró recuperar más de 172 millones de dólares. Con la nueva ley, esta labor se verá seriamente afectada.

Asimismo, la Corte Suprema alertó que la modificación desconoce el artículo 53 de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (Convención de Mérida) y contradice recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

“Se incumplen compromisos internacionales que pueden llevar al país a ser incluido en listas de alto riesgo o listas negras, dificultando el acceso a organismos como la OCDE y generando sanciones internacionales”, señala el comunicado institucional.

Finalmente, el Poder Judicial reiteró que más del 82 % de procesos resueltos por jueces del subsistema de extinción de dominio no han sido impugnados por los investigados, lo que demuestra la efectividad del modelo. Por ello, ambas instituciones han invocado al Congreso de la República y al Poder Ejecutivo a revisar y rectificar los cambios aprobados.

Por su parte, la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, denunció que la nueva norma exigirá una sentencia firme y consentida para iniciar el proceso de extinción de dominio. Esto, según explicó, perjudica más de 2.300 casos activos. “Eso significa que 2,374 delincuentes y testaferros seguirán disfrutando impunemente de sus bienes y ganancias, recapitalizando sus redes criminales”, declaró.

Espinoza agregó que con esta reforma el Estado podría verse obligado a devolver propiedades y desbloquear cuentas embargadas a personas vinculadas a delitos graves, ante la ausencia de una sentencia firme.

“Se ha aprobado una ley sin tomar en cuenta nuestras recomendaciones. Este es un mensaje de impunidad que no se condice con la gravedad de la situación actual”, sostuvo.

La Fiscalía también recordó que Perú suscribió compromisos con las convenciones internacionales de Palermo y Mérida, que establecen mecanismos expeditivos para la recuperación de bienes de origen ilícito, y advirtió que el país corre el riesgo de un grave retroceso en su reputación internacional y en la lucha contra el crimen transnacional.

Según información oficial del Poder Judicial, más del 82 % de procesos resueltos por jueces del subsistema de extinción de dominio no han sido impugnados por los investigados, lo que demuestra la efectividad del modelo. Por ello, ambas instituciones han invocado al Congreso de la República y al Poder Ejecutivo a revisar y rectificar los cambios aprobados.


Importancia de la extinción de dominio

La Ley de Extinción de Dominio permite al Estado recuperar bienes adquiridos ilícitamente, sin necesidad de una condena penal previa. Al exigir ahora una sentencia firme, la Ley 32326 frena su aplicación efectiva y debilita el marco legal contra la criminalidad organizada. Instituciones como el GAFI y la ONU promueven este tipo de mecanismos para enfrentar delitos como el lavado de activos, la corrupción y el narcotráfico. El Perú, al aprobar esta reforma, se aleja de dichos estándares internacionales.


Pronunciamiento de Delia Espinoza, fiscal de la Nación y preidenta de la Junta de Fiscales Supremos

Pronunciamiento del Poder Judicial:


[Foto de portada: Andina]


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