El Congreso de la República aprobó por insistencia la Ley 32293, norma que permite formalizar posesiones informales sobre terrenos comunales ocupados entre 2004 y 2015, lo que ha sido calificado por especialistas como una violación al derecho de propiedad de las comunidades campesinas.

“Esta ley afecta el derecho de propiedad, que todos los regímenes políticos defienden como una banderita”, advirtió el abogado Pedro Castillo, abogado asociado del Centro Peruano de Estudios Sociales (CEPES), en entrevista con Javier Torres en el programa Al Filo de #LaMulaStream.
“¿Por qué el derecho de propiedad para unos sí y para otros no?”, agregó.

María Luisa Burneo, antropóloga del Instituto de Estudios Peruanos (IEP), explicó que las comunidades campesinas no son meros propietarios rurales, sino instituciones sociales, culturales y políticas fundamentales.

“Son actores territoriales centrales con una larga historia de apropiación del territorio, acuerdos sociales y decisiones colectivas”, indicó.

Según Burneo, la norma aprobada por el Congreso desconoce esta complejidad.

 “Hay una mirada que no entiende la dinámica de las comunidades, que las reduce a espacios disponibles para la expansión urbana o inmobiliaria”, sostuvo.

Castillo denunció que la ley “legaliza invasiones sobre propiedad comunal” y que el procedimiento de aprobación estuvo marcado por una “observación tibia” del Ejecutivo.

“Nada es casual: el dictamen estuvo dormido y se activó estratégicamente en el Congreso”, comentó.

Ambos especialistas coincidieron en que si se tratara de una norma que afectara territorios amazónicos, la presión de las organizaciones indígenas e internacionales habría impedido su aprobación.

“La Amazonía tiene más visibilidad y respaldo. Las comunidades campesinas están más dispersas y vulnerables políticamente”, señaló Castillo.

La Ley 32293 modifica el artículo 2 de la Ley 24657 y permite formalizar terrenos comunales ocupados hasta el 31 de diciembre de 2015, salvo que hayan sido reconocidos como pueblos originarios o hayan iniciado procesos legales antes de esa fecha. “Eso viola la Constitución, que prohíbe privar a alguien de su propiedad sin indemnización”, precisó Castillo.

Burneo concluyó señalando que el trasfondo de esta norma está vinculado al avance de economías informales y el tráfico de tierras. Estamos ante un despojo legalizado que debe ser denunciado ampliamente, coincidieron los especialistas.


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