Luego de que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) oficializara el retiro de Martín Vizcarra del padrón de afiliados del partido Perú Primero, lo que en la práctica impide su postulación a la Presidencia en las elecciones generales de 2026, el exmandatario habría iniciado gestiones para acudir al sistema interamericano de protección de derechos humanos.
Según fuentes confiables consultadas por LaMula.pe, Vizcarra mantuvo esta mañana una reunión telefónica con Luis Ernesto Caballero Ochoa, actual presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con la finalidad de explorar una eventual acción internacional ante lo que considera una vulneración de sus derechos políticos.
La situación jurídica del expresidente se enmarca en una inhabilitación aprobada por el Congreso de la República por el caso denominado “vacunagate”, que lo sancionó con una medida de diez años sin ejercer función pública, pese a no contar con una sentencia firme en su contra. Vizcarra ha señalado en reiteradas ocasiones que esta decisión es desproporcionada y políticamente motivada.
Un precedente: el caso Alan García en 2001
El camino que podría seguir Vizcarra ya fue transitado por otro expresidente peruano. En el año 2001, el líder aprista Alan García Pérez logró participar en las elecciones presidenciales pese a encontrarse inhabilitado judicialmente. ¿Cómo lo hizo? La CIDH emitió una resolución de medidas cautelares a su favor, la cual fue aceptada por el Gobierno de Valentín Paniagua, sin que fuera apelada. Por ello, el caso no llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), y García pudo ser candidato.
Esta intervención del sistema interamericano fue clave para restituir el derecho de participación política de García. El argumento central fue que no se podía restringir dicho derecho sin una sentencia judicial firme, lo que podría aplicarse también en el caso de Vizcarra.
“Por si acaso les recuerdo que en el año 2001 Alan García estaba inhabilitado para postular a la presidencia. La CIDH emitió una resolución a su favor. Y esa medida fue aceptada por los organismos electorales. Así que lo que podría pasar con Vizcarra, ya pasó con García”, escribió la periodista Rosa María Palacios en su cuenta de X.
En la misma línea, el ex primer ministro Pedro Cateriano recordó que dicha resolución fue acatada sin apelación, lo que evitó un litigio ante la Corte IDH.
“Además, A.G. se acogió a la prescripción”, añadió Cateriano, en referencia al tiempo transcurrido desde la denuncia contra García.
¿Puede la CIDH revertir la decisión del JNE?
La Comisión Interamericana, como órgano autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), puede emitir medidas cautelares cuando existen riesgos de daños irreparables a los derechos humanos. En materia electoral, ha emitido pronunciamientos que protegen el derecho a ser elegido, tal como lo establece el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Para ello, el caso debe demostrar que se ha vulnerado este derecho por medio de medidas arbitrarias, desproporcionadas o sin debido proceso. Si la CIDH considera procedente la petición de Vizcarra, puede solicitar al Estado peruano que se abstenga de aplicar la sanción hasta que se resuelva el fondo del caso o hasta que la Corte IDH se pronuncie, si así correspondiera.
La aceptación de tales medidas por parte del Estado no es obligatoria, pero históricamente el Perú ha mostrado voluntad de cumplimiento ante la CIDH, especialmente en contextos democráticos.
El rol de la CIDH
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos es un órgano autónomo de la OEA que protege los derechos humanos en América. Puede emitir medidas cautelares cuando hay peligro grave e irreparable, incluso en casos de derechos políticos, como el derecho a ser elegido. Si encuentra fundamentos, puede pedir al Estado que suspenda temporalmente una medida. No puede obligar, pero sus decisiones tienen peso político y jurídico en la región.
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