Este 20 de noviembre, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó el dictamen que regula la unión civil en el Perú. Si bien la propuesta, impulsada por el congresista Alejandro Cavero (Avanza País), incluye ciertos derechos patrimoniales para las parejas del mismo sexo, expertos y activistas señalan que la medida es insuficiente y refuerza un modelo de desigualdad legal. A diferencia del matrimonio igualitario, esta figura jurídica no altera el estado civil de las personas ni garantiza derechos fundamentales como la adopción o el reconocimiento de los hijos en común.
Derechos limitados y exclusión del concepto de familia
De acuerdo con el dictamen, la unión civil es definida como un “acuerdo de voluntades” inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), sin modificar el estado civil de las personas involucradas. Esto contrasta con el matrimonio igualitario, que reconoce a las parejas como familia y garantiza derechos sucesorios, de adopción y acceso pleno a la seguridad social. El proyecto aprobado deja fuera derechos esenciales que son fundamentales para la igualdad, como la adopción y el reconocimiento de los hijos de una de las partes como propios de la pareja.
Un enfoque patrimonial insuficiente
El dictamen se centra en aspectos patrimoniales como la posibilidad de heredar, acceder a pensiones y tomar decisiones médicas en caso de emergencia. Sin embargo, este enfoque es limitado y no aborda el reconocimiento pleno de las parejas como familias, lo que perpetúa una brecha jurídica y social. Legislar solo sobre temas económicos no resuelve el problema estructural de discriminación que enfrentan las parejas del mismo sexo.
Comparación con el matrimonio igualitario
El cuadro comparativo presentado por la congresista Susel Paredes evidencia las profundas diferencias entre la unión civil y el matrimonio igualitario. Mientras este último se inscribe en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y garantiza derechos de adopción y reconocimiento de hijos en común, la unión civil se limita a un registro en la SUNARP, sin reconocer a las parejas como parte de una estructura familiar. Además, excluye derechos esenciales como la adopción de los hijos del conviviente. "Se excluye la protección a nuestras familias", dijo la parlamentaria.

Reacciones encontradas en el debate legislativo
El dictamen fue aprobado con 12 votos a favor, nueve en contra y cinco abstenciones. Mientras algunos congresistas, como José Jerí Oré, destacaron que el proyecto responde a una necesidad social, otros, como Gladys Echaíz, insistieron en que no debe considerarse una familia bajo la Constitución. Por su parte, Alejandro Muñante (Renovación Popular) cuestionó que la propuesta equipare la unión civil con el matrimonio, argumentando que vulnera la Carta Magna.
Una medida insuficiente para la igualdad
El dictamen ahora deberá ser debatido en el Pleno del Congreso. Sin embargo, su alcance limitado y las restricciones impuestas generan dudas sobre su efectividad para garantizar la igualdad de derechos. La campaña por el matrimonio igualitario continúa siendo un tema pendiente en la agenda nacional, ya que, según expertos, es la única figura legal que garantiza la paridad plena para las parejas del mismo sexo.