Se esperaba que ocurriera antes, pero finalmente el  gobierno peruano declaró este sábado en emergencia ambiental -durante 90 días hábiles- el área geográfica que comprende la zona marina costera afectada por el derrame de petróleo ocurrido en el mar de Ventanilla, que sigue extendiéndose por todo el litoral peruano.  

La medida tiene como objetivo garantizar el manejo sostenible de los territorios afectados, realizando los correspondientes trabajos de recuperación y remediación para mitigar la contaminación ambiental, a fin de proteger la salud de la población; y en el marco de las acciones del Comité de Crisis Ambiental conformado por el Poder Ejecutivo, y el liderazgo del Ministerio del Ambiente (Minam).

Entre los considerandos de la citada norma legal, se menciona que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) verificó la presencia de hidrocarburos en el mar y en la franja de playa (arena)

Asimismo, se sustenta en el reporte del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), el cual comprobó que el petróleo derramado se desplazaba con la corriente en dirección norte, afectando las áreas de los Islotes Grupo de Pescadores de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras en 512 hectáreas aproximadamente y la Zona Reservada Ancón en 1758.1 hectáreas, afectando la biodiversidad de dichos ecosistemas.

De acuerdo con la Resolución Ministerial, “el derrame de petróleo crudo constituye un evento súbito y de impacto significativo sobre el ecosistema marino costero de alta diversidad biológica (fauna silvestre y recursos hidrobiológicos), y un alto riesgo para la salud pública; por lo que considera la procedencia de la Declaratoria de Emergencia Ambiental”. Cabe precisar que el ámbito de la Declaratoria de Emergencia Ambiental es dinámico viendo la naturaleza donde ha ocurrido el derrame.

¿Qué efectos trae la declaratoria de emergencia ambiental?

Fátima Contreras, especialista legal de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, señala que "la declaratoria de emergencia ambiental es independiente a las acciones y responsabilidades civiles, penales o administrativas correspondientes por este hecho. Por lo que los procesos seguidos por el OEFA, el Minam y la Fiscalía continuarán con el curso procesal correspondiente". 

Después de la declaratoria de emergencia ambiental, lo que sigue es la implementación del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo. "Mediante este instrumento se establecen las metas inmediatas para controlar la emergencia, así como las acciones priorizadas, los responsables de implementarlas, su financiamiento y el plazo de duración de la emergencia; además de otras medidas de seguridad y control necesarias", explica la especialista.

Otro punto a tener en cuenta -resalta la especialista- es que, si bien todas las autoridades sectoriales y regionales involucradas (como Minam, OEFA, Sernanp, Serfor, entre otras) mantendrán su activa participación en el proceso de limpieza y remediación del área, en el marco de una emergencia ambiental, en este caso sería el Gobierno Regional del Callao, en coordinación con el Minam, el encargado de diseñar y ejecutar estrategias necesarias para enfrentar la emergencia ambiental, con la participación económica y técnica de Repsol, dado que es el responsable de contener y atender el derrame.

La norma publicada hoy establece que la ejecución del plan de acción inmediato y de corto plazo está a cargo de la empresa, las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, según sus competencias; para lo cual se articula en tres ejes estratégicos: calidad ambiental, salud e institucionalidad. Con esto se busca una acción sinérgica en el territorio, asociado a los niveles de riesgo, exposición y respuesta para los aspectos antes indicados.  

La norma aprueba además el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo para la atención de la emergencia ambiental en el área geográfica afectada por el derrame de crudo. La ejecución del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo, aprobado por el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, está a cargo de las entidades públicas involucradas en su cumplimiento, en coordinación con los respectivos gobiernos regionales y locales.




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