El Ministerio de Salud (MINSA) actualizó este viernes nuevamente el protocolo de atención a contagiados por la COVID-19. Mediante resolución ministerial, redujo a 7 días de aislamiento en los pacientes sintomáticos con vacuna completa (3 dosis) y sin comorbilidad y en los asintomáticos sin factores de riesgo, desde la fecha que se toma el descarte PCR o antígeno.
De esta manera se publicó el nuevo protocolo con las indicaciones que deberán seguir las personas que tengan síntomas o hayan tenido contacto estrecho con personas contagiadas con la COVID-19 para cuidar de su salud y evitar la propagación de la pandemia en el país.
El protocolo brinda indicaciones diferenciadas para dos grandes grupos de personas de acuerdo al nivel de riesgo relativo ante la COVID-19: Personas con mayor riesgo y Personas con menor riesgo.
Las personas con mayor riego son considerados aquellos que no tienen su vacunación completa, los mayores de 60 años o quienes tienen alguna comorbilidad son consideradas con mayor riesgo de desarrollar enfermedad grave de la COVID-19.
De presentar síntomas como fiebre, dolor de garganta o tos, estas personas pueden acudir a un Punto Covid donde se les tomará una prueba antigénica. Además, estas personas sintomáticas deberán guardar aislamiento por 10 días desde el inicio de los síntomas.
El protocolo precisa que si estas personas viven con una persona que tiene COVID-19, deberán mantenerse en aislamiento por al menos 7 días, pudiendo suspenderse al quinto día si se cuenta con una prueba molecular negativa tomada al tercer día de aislamiento.
A las personas con menor riesgo se les considera a aquellas que tienen menor probabilidades de desarrollar enfermedad grave de la COVID-19. Ese decir, son aquellos con vacunación completa (tres dosis), los menores de 60 años y quienes no tienen comorbilidades.
Si este grupo de personas presenta síntomas, deberá guardar aislamiento de 7 días, incluso si han dado positivo en una prueba de diagnóstico de COVID-19. El aislamiento se cuenta desde la fecha en que se tomó la prueba molecular o antigénica. Asimismo, si habitan con una persona con COVID-19, este grupo podrá continuar con sus actividades cotidianas, siempre usando dos mascarillas (una quirúrgica más otra de tela) o una KN95. Si presentase síntomas, deberá aislarse por 7 días.
La nueva normativa establece que todas las personas deberán acudir al hospital más cercano o comunicarse a la Línea 113 en caso que presenten dificultad respiratoria o saturación de oxígeno menor al 95 %.
Para trabajadores asintomáticos
En un nuevo comunicado oficial, el Minsa actualizó las disposiciones para que trabajadores con sintomatología COVID-19 realicen su aislamiento comunitario sin necesidad de presentar una prueba molecular o antígena, o la entrega de algún documento que otorgue el descanso médico.
“Todo trabajador con síntomas compatibles con coronavirus debe retornar o permanecer en su domicilio para el aislamiento de acuerdo con la Disposición 2 de la Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021, la cual establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2″, precisa el documento.
El oficio del Minsa menciona que esta cuarentena ejecutada por el empleado debe ser comunicada al empleador para el seguimiento correspondiente, pero sin necesidad de “una prueba molecular o documento que acredite el descanso médico”. Asimismo, los ciudadanos que retornen a sus empresas luego del período de aislamiento deberán presentar su constancia de alta.
(Foto: Andina)
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