El exprocurador anticorrupción César Azabache se refirió a la resolución de la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, con la que se interpreta el artículo 117 de la Constitución para abrir una investigación preliminar contra el presidente Pedro Castillo. Como se sabe, la medida del Ministerio Público suspende la posibilidad de acusar al jefe de Estado hasta que culmine su mandato en 2026.

En entrevista con Raúl Tola para el programa Al Vuelo, el abogado consideró que esta resolución es "confusa" porque "el lenguaje que usa en esa resolución genera una serie de paradojas y de errores de compresión que no dejan en claro lo que quiere hacer el Ministerio Público".

"Lo que esta haciendo la Fiscalía de la Nación es usar una herramienta que se organizó en tiempo del caso del expresidente Martín Vizcarra. Ese caso no se organizó por razones legales duras o una cuestión de derecho, sino que se intentó equilibrar una crisis con una suerte de salida transaccional", explicó el abogado.
"Para ese momento Los fiscales provinciales decían que tenían el derecho de investigarle aunque no pudieran acusarle", añadió.

Azabache respaldó dos opciones para superar la crisis tras la interpretación del artículo 117 de la Constitución. El primero proviene de los comentarios del constitucionalista Omar Cairo, quien sostiene que a la luz de los que ya pasó en el debate sobre las vacancias, es necesario leer la constitución de otra manera.

"Es decir, consiste en separar el procedimiento por infracción a la constitución de los procedimientos penales contra el presidente, que es el esquema que esta vigente en Francia", manifestó el exprocurador. 
"De modo que podemos incluso admitir que el presiente no vaya a un tribunal penal durante su mandato, pero que sí hay que destituirlo por infracciones a la constitución se pueda hacer sin que el sistema migre hacia una vacancia que ya hemos padecido todos y todas", agregó Azabache.

Señaló que el método alternativo -si no hay consenso sobre el primero- consiste en "sacar de nuestro ordenamiento jurídico el artículo 117 y al desactivar los límites de este poner solo procesar al presidente por traición a la patria, interferencia electoral o cerrar el congreso intempestivamente". 

"Al cancelar estas limitaciones el presidente entra en las reglas completas del antejuicio por infracciones constitucional o por delitos. La secuencia sería más limpia: Si es procesado ante los tribunales se le suspende y si es condenado se el vaca", concluyó el letrado.

(Foto: LA República)

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