La ley que que regula la aplicación de la cuestión de confianza fue promulgada por la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, después de que el proyecto de ley fuese aprobado por insistencia días atrás en el Pleno del Congreso, tras haber sido observado por el Poder Ejecutivo.
La norma publicada indica que los alcances de la misma no tienen consecuencias o impacto retroactivos, y rigen a partir del día siguiente de su publicación.
"La facultad que tiene un ministro y la del presidente del Consejo de Ministros a nombre del Consejo, de plantear una cuestión de confianza conforme al último párrafo del artículo 132 y al artículo 133 de la Constitución Política del Perú, está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno, no encontrándose, entre ellas, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos", indica el artículo único de la Ley N° 31355.
Con lo aprobado, el Ejecutivo solo podrá presentar cuestión de confianza en materias de su competencia, relacionadas con sus políticas de gobierno. “No encontrándose, entre ellas, las relativas a la aprobación de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso”, precisa el texto.
El Gobierno de Pedro Castillo había observado esta ley, pero el Legislativo hizo caso omiso y volvió a aprobar por mayoría el mismo texto del 16 de setiembre. De esta manera, rompió con el equilibro de poderes entre el Ejecutivo y el Parlamento. Así lo afirmaron abogados constitucionalistas consultados por esta redacción: María Antonieta Gonzales, Omar Cairo y Elena Alvites.
Luego de que el Congreso aprobara la norma por insistencia, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aníbal Torres, anunció que el Gobierno iba a presentar una demanda de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional una vez que el lady sea promulgada y publicada en el Diario El Peruano.
“Una vez publicada la ley, lo harán mañana o pasado, se tiene que recurrir al Tribunal Constitucional. El Congreso, al limitar la cuestión de confianza, ha roto el equilibrio de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo. Por lo tanto, ha infringido la Constitución, por lo que no tiene capacidad moral para cuestionar a nadie. Vivimos una situación de hecho, no de derecho”, manifestó Torres.
(Foto: Andina)
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