Este 9 de setiembre, en el Congreso Mundial de la Naturaleza de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) que se desarrolla en Marsella y que reúne a la comunidad de conservación de todo el mundo, se aprobó la moción 013, relacionada con la protección de los ríos de la Amazonía Andina -Marañón, Ucayali, Huallaga y Amazonas- del Perú frente a los grandes proyectos de infraestructura.

El documento, que fue elaborado por las organizaciones Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), Amazónicos por la Amazonía (AMPA); Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), el Instituto de Montaña-Asociación Instituto Andino de Montaña y el Centro de Conservación, Investigación y Manejo de Áreas Naturales-Cordillera Azul, recibió el apoyo de las organizaciones miembros de la UICN.

A través de esta moción, la UICN exhorta al Estado peruano a que proteja los ríos andino-amazónicos, ya que estos cumplen un rol clave para los procesos ecológicos que se dan en la cuenca amazónica. La UICN se compromete a proveer asistencia para crear un marco que permita proteger los ríos de caudal libre en la Amazonía. Asimismo, se pide la reevaluación de proyectos como la Hidrovía Amazónica bajo las condiciones actuales y se solicita al Estado peruano que cancele los contratos de concesión de las megarrepresas Chadín 2 y Veracruz en el cañón del Marañón, debido al incumplimiento de obligaciones contractuales y por no ser una alternativa viable en el contexto actual.

¿Qué dice la Moción 013?

"CONSIDERANDO que ocho grandes cuencas hidrográficas de la Amazonía Andinas, cinco de las cuales se hallan en el Perú (Madre de Dios, Ucayali, Marañón, Napo y Putumayo), contienen algunos de los más largos tramos de ríos de caudal libre del mundo, los cuales tienen altos niveles de biodiversidad sensible y son críticos para la conectividad, el flujo de sedimentos y de agua para los ecosistemas altamente productivos de las tierras bajas de la Amazonía, como las llanuras aluviales de la Reserva Nacional Pacaya Samiria y el humedal más grande y complejo del Perú, el Abanico del Pastaza;

CONSCIENTE de que la cuenca del Amazonas alberga más de 2.400 especies conocidas de peces de agua dulce, casi la mitad de las cuales son endémicas, y de que la fragmentación de la conectividad Andes-Amazonas podría afectar particularmente a los peces migratorios de agua dulce que son una fuente vital de proteínas para la población de la cuenca del Amazonas, que consume hasta 500g de pescado al día;

RECONOCIENDO que en el Perú estos ríos sustentan a más de 14 pueblos indígenas, con más de 424 comunidades cuyos medios de vida y cultura dependen de ellos y de los ecosistemas conexos y donde las poblaciones locales consumen hasta 500g de pescado al día, y que, por consiguiente, estos ríos desempeñan un papel vital en lo que respecta a la seguridad alimentaria de la población local;

OBSERVANDO que varias ciudades y comunidades locales de la cuenca del Amazonas dependen de los recursos de estos ríos y los ecosistemas conexos para su alimentación y actividades económicas;

PREOCUPADO porque un número cada vez mayor de propuestas de proyectos de infraestructura en el Perú, como represas y conectividad (Hidrovía Amazónica), basados en el dragado de estos ríos, se están llevando a cabo con arreglo a normas ambientales y sociales poco exigentes, mecanismos de participación ciudadana deficientes, falta de identificación e incorporación de los conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas y los conocimientos tradicionales de las comunidades locales, insuficientes estudios técnicos sobre su justificación y sus impactos sociales y ambientales negativos, incluidos impactos sobre la biodiversidad y los patrones de migración de los peces, impactos toxicológicos derivados de la perturbación de los sedimentos e impactos sobre los pueblos indígenas y las comunidades locales;

PREOCUPADO porque 20 sitios de represas hidroeléctricas en el río Marañón fueron declarados de interés nacional en 2011, y que se han otorgado concesiones a cinco propuestas, una de las cuales ya está en funcionamiento, dos han caducado, y dos cuentan con concesiones válidas y podría iniciarse la construcción; y

CONSIDERANDO que existe oposición local e indígena a grandes proyectos de infraestructura, incluida oposición al Proyecto de Hidrovía Amazónica por parte de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Amazónica (AIDESEP) y las principales federaciones de pueblos indígenas del Perú, Organización de Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO), Coordinadora Regional de los Pueblos Indígenas de San Lorenzo (CORPI-SL) y la Organización Regional Aidesep Ucayali (ORAU), y CONSIDERANDO que la evaluación del impacto ambiental fue objeto de más de 400 observaciones de instituciones gubernamentales y la sociedad civil, y que los acuerdos sobre la consulta previa a las comunidades indígenas no se han cumplido plenamente; y CONSIDERANDO también la oposición al proyecto de represa hidroeléctrica Chadín II por parte de las comunidades locales de Tupén Grande y Mendán;

El Congreso Mundial de la Naturaleza de la UICN, en su sesión de Marsella, Francia:

1. EXHORTA al Director General a que:

a. envíe una carta al Presidente del Perú transmitiéndole el llamamiento que se hace en el párrafo 3 de la parte dispositiva de la presente moción respecto de la importancia de mantener el carácter de río de caudal libre (estado de conectividad actual) del Marañón y el cumplimiento de las normas ambientales y sociales del Perú aplicables a los grandes proyectos de infraestructura, así como la importancia de crear un marco jurídico para la protección de los ríos emblemáticos de caudal libre en el Perú; y

b. ofrezca, en la medida de lo posible, apoyo técnico a las organizaciones peruanas que son miembros de la UICN, así como al Gobierno peruano, en relación con el contenido de esta moción;

2. INSTA a la República del Perú a:

a. reevaluar la priorización del Proyecto de Hidrovía Amazónica en las actuales condiciones técnicas, dentro de la lista de proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para el Plan de competitividad, y a priorizar alternativas sostenibles para promover un transporte fluvial amazónico seguro y mejorado sin dragado, mediante la creación de un espacio para el diálogo técnico y multicultural que incluya la participación y las propuestas de los pueblos indígenas y las comunidades locales; y

b. comunicar a las comunidades que resultarían afectadas directa e indirectamente por las represas hidroeléctricas Chadin II y Veracruz que las licencias ambientales de los proyectos han caducado, y que sin una licencia ambiental válida los concesionarios no pueden ejercer ningún derecho ;

3. ALIENTA a la República del Perú a:

a. crear un marco para proteger los ríos de caudal libre del Perú;

b. adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que los ecosistemas acuáticos y costeros y los territorios de las poblaciones locales de los ríos amazónicos no se vean afectados significativamente por el desarrollo de proyectos de infraestructura en esta región, incluidos el Proyecto Hidrovía Amazónica y los de represas hidroeléctricas en el Marañón;

c. encabezar una iniciativa de América del Sur en pro de la gestión transfronteriza sostenible del agua para la cuenca amazónica que dé cabida a cuestiones como objetivos de conservación comunes y el mantenimiento de a conectividad Andes-Amazonas, el uso sostenible, el intercambio de información y la resolución de conflictos ; y

d. respete las normas establecidas por el Convenio núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por el Perú en 1994, y la Ley 29785 (Ley de Consulta Previa de Perú) en relación con el consentimiento libre, previo e informado y los derechos de consulta previa, como condición para el desarrollo de proyectos de infraestructura que afecten a los derechos de los pueblos indígenas;

4. EXHORTA a los organismos de financiación bilaterales y multilaterales a que refuercen sus salvaguardias para los proyectos de infraestructura que afecten la biodiversidad de los ríos amazónicos, incluida la necesidad de exigir a sus clientes que realicen estudios rigurosos, basados en conocimientos científicos y locales, acerca de las condiciones de esos ríos a fin de comprender su complejidad y su relación con los bosques, la tierra y los ecosistemas de la región; y

5. INSTA a los organismos de las Naciones Unidas a que apoyen a los países de la región Andes-Amazonía en la generación de conocimientos, estrategias y mecanismos para garantizar la conservación de los ecosistemas acuáticos y la biodiversidad de los ríos amazónicos frente a las actividades de infraestructura en la cuenca del Amazonas, como el Proyecto Hidrovía Amazónica y las represas del Marañón."