Hasta ayer 17 de diciembre, el texto del proyecto de ley del nuevo régimen laboral agrario fue precisado. Este jueves, la Comisión multipartidaria incorporó una precisión en el artículo referido al seguro de salud y de accidentes de trabajo en relación con el aporte de los trabajadores agrarios. 

Los congresistas recogieron la propuesta del gerente central de Seguro y Prestaciones Económicas de EsSalud, Hernán Ramos Romero. Este funcionario propuso que se haga una diferenciación en los aportes de acuerdo al número de trabajadores de las empresas. En este sentido, debemos señalar que, durante veinte años, grandes empresas del sector agrario estuvieron aportando apenas 4% de los salarios de cada trabajador a EsSalud.

El proyecto de ley propone que las grandes empresas (con más de 100 trabajadores) deberán aportar por cada trabajador el 9 % por concepto de EsSalud. Por su parte, las empresas que tengan menos de 100 trabajadores aportarán el 7 %. Cabe precisar que estos aumentos serán graduales.

Al respecto, el Congreso precisa que los trabajadores del sector agrario, que a la fecha de su contratación estuviesen afiliados al Seguro Integral de Salud (SIS) no perderán su cobertura durante el periodo de carencia establecido en la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. Además, podrán recobrar de modo automático su afiliación al SIS en la oportunidad en que su contrato de trabajo y el periodo de latencia en EsSalud culminen. 

Por otro lado, el proyecto propone que los trabajadores del sector agroexportador percibirán un 25 % de bonificación por tiempo de traslado al centro de trabajo, que será incluido en la CTS y en las dos gratificaciones del año. Con ello, el sueldo sería de 58,77 soles diarios. 

El texto propone el establecimiento de lactarios, salas de cuna o guarderías para niños menores de seis años. Además, se garantiza el derecho a las negociaciones colectivas, seguro de salud, jubilación a los 55 años de edad con un mínimo de diez años de aporte; y participar en las utilidades de las empresas. 

Además, las nuevas empresas que no se han beneficiado con los incentivos tributarios, sí podrán gozar de estos pero solo por los próximos siete años. Estas deben estar registradas en el catastro del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. El beneficio, como un estímulo para fomentar la frontera agrícola, reside en el pago de solo el 15 % del impuesto a la renta, desde el 2021 hasta el 2027 por siete años. A partir del 2028, se aplica el régimen general del 30%. 


Derecho a ser "contratado preferentemente"

El proyecto también hace referencia a lo que podría ser considerada una estabilidad laboral. En un sector con estacionalidad, sí hay formas de que los trabajadores tengan este derecho. El Congreso propone que la contratación de un trabajador agrario por pequeños plazos, que dentro del período de un año superen los dos meses, le da el derecho a ser contratado preferentemente cada vez que el empleador contrata trabajadores.

Si el trabajador es contratado bajo la modalidad de contratos intermitentes de temporada o similares por un mismo empleador, dos veces consecutivas o no consecutivas, tiene preferencia a ser contratado por el empleador en las siguientes temporadas.


[Foto de portada: Andina]


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