El pleno del Congreso aprobó en primera votación el retiro de los fondos de los exaportantes de las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP) hasta por S/. 17,200, en el marco de la coyuntura por la presencia del coronavirus (COIVD-19) en el país. El dictamen se probó con 101 a favor, 1 en contra y 20 abstenciones. La segunda votación del texto debía ratificarse en 7 días hábiles, pero el titular de la Comisión de Economía, Antohny Novoa, solicitó su exoneración. La misma fue aprobada con 90 votos a favor, 11 en contra y 15 abstenciones

El texto aprobado autoriza el retiro de 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de manera extraordinaria a los afiliados al sistema privado de pensiones que, hasta el 31 de octubre de este año, no cuenten con acreditación de aportes previsionales a la cuenta individual de capitalización, por lo menos 12 meses consecutivos.

Con esto, los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley. Asimismo, se abonará hasta una UIT cada 30 días calendarios, realizándose el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones. El monto total será abonado en tres desembolsos.

En el caso que el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual, podrá solicitarlo por única vez a la AFP 10 días antes del desembolso, indica el predictamen aprobado en la Comisión de Economía

De otro lado, se determinó que el retiro de fondos mantienen la condición de intangibles, "no pudiendo ser objeto de descuentos, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados".

"Lo señalado en la presente disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convenciones derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado", agrega el texto.

El retiro de hasta S/17,200 también contempla a quienes sufran enfermedades oncológicas diagnosticadas por el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y por entidades de salud públicas y privadas en el país. También se incluye, en este beneficio, a quienes padezcan enfermedades hematológicas clínicas. El pago de los aportes para dichos casos se efectuará en una sola armada.

Durante la sesión del Pleno, se presentó un nuevo texto sustitutorio para el retiro de fondos de las AFP hasta 4UIT. el congresista de Podemos Perú y titular de la Comisión del Consumidor, José Luna, pidió que se vote por separado el artículo 1 para meter el retiro del 100%. Sin embargo, el pleno rechazó su pedido con 53 votos a favor, 59 votos en contra y 3 abstenciones.

DATOS

Este beneficio no es aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por desempleo, según el dictamen.

La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) tendrá 15 días para determinar el procedimiento administrativo para dar cumpliendo a la presente ley.

(Foto: Andina)

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