El Gobierno envió este miércoles al Congreso el proyecto de ley con una serie de reformas al Sistema Nacional de Pensiones. La iniciativa trabajada por el Ministerio de Economía (MEF) tiene como finalidad apoyar a los afiliados y pensionistas asegurados en la ONP, brindándoles facilidades durante la situación de emergencia que ha generado la pandemia del COVID-19.

Este proyecto permitirá la entrega de una pensión de S/ 250 a quienes alcancen los 10 años de aportes, mientras que quienes sustenten 15 años recibirán S/ 350. De esta manera se estaría atendiendo a 700,000 afiliados, logrando también un incremento de la cobertura en 50%.

Asimismo, el Gobierno de Martín Vizcarra propone que todos los aportantes podrán acceder a una pensión adelantada. Es decir que aquellos aportantes que tengan 50 años de edad y cumplan con 25 años de aportes accederán a este beneficio. Se calcula que serían 120,000 los beneficiados con esta medida.

La ministra de Economía, María Antonieta Alva, reafirmó el compromiso del Ejecutivo en una reforma integral del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) sin tener que “hipotecar el futuro del país”, en respuesta al proyecto del Congreso que pretende entregar aportes de los jubilados de la Oficina Nacional Previsional (ONP). En ese sentido, detalló que una de estas propuestas de corto plazo, que responde a la coyuntura del país, es el otorgamiento de una bonificación extraordinaria de 760 soles para los 560 mil pensionistas de la ONP.

Este proyecto aún debe ser evaluado por el Congreso para su posterior promulgación, pero no se ha determinado un plazo exacto para que el Legislativo revise la propuesta en el Pleno del parlamento. Esto se debe a que el Congreso de la República envió al Poder Ejecutivo la autógrafa de ley que establece un régimen especial facultativo de devolución de los aportes de la Oficina Nacional Previsional (ONP) para los aportantes activos e inactivos. 

Según se informó, el documento fue recibido en el Despacho Presidencial a las 16:14 horas del viernes 28 de agosto. Ahora el Gobierno tiene 15 días útiles para su observación o promulgación.

(Foto de cabecera: Andina)

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