En  el 2011, se promulgó la Ley de Consulta Previa, una norma que tiene el objetivo de reconocer el derecho de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados de forma previa sobre las medidas legislativas o administrativas que los afecten directamente.

En lo que respecta a minería y consulta previa en Perú, según cifras de la Defensoría del Pueblo actualizadas a junio del 2019, de los 55 pueblos indígenas identificados, 28 de ellos (amazónicos y andinos) han participado de procesos de diálogo o consulta con representantes del Estado. 

Luego de la promulgación de la ley de consulta previa, se inició un largo proceso de implementación para pueblos indígenas y comunidades campesinas. Ahora, en medio de la reactivación económica ante la crisis provocada por el Covid-19, parece que este proceso recibirá un aceleramiento.

Este martes, la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, indicó que como parte del plan económico de reactivación se ha aprobado una serie de medidas para apoyar el reinicio y la inversión privada en el sector minero y no minero. “Estamos trabajando las mesas ejecutivas que son espacios donde nos sentamos el sector público y privado para ver cómo podemos mejorar y promover las inversiones en sectores estratégicos, estamos trabajando en las mejoras del reglamento de procedimientos mineros, en el reglamento de exploración minera y también en lineamientos para colecta de muestras”, dijo. 

En esa línea, adelantó que el MEF financiará la identificación de "pueblos originarios" para que los trámites sean "más eficientes y competitivos".

“También hemos identificado las necesidades de financiar en el Ministerio de Cultura la identificación total de los pueblos originarios, esto va a permitir que los trámites sean más eficientes y competitivos”, agregó.

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Además, la ministra contó el caso de un "trámite de consulta previa" que sería con "mecanismos virtuales".

“En el caso específico de San Gabriel ya se ha coordinado con el Ministerio de Cultura la posibilidad de que los trámites de consulta previa puedan ser con mecanismos virtuales a excepción de la última etapa, que es de diálogo propiamente dicho”, dijo.
“En este contexto ya se ha reactivado la consulta previa con las comunidades de Oyo oyo y Corire y de la misma manera estamos aplicando esta metodología para el proyecto minero Integración Coroccohuayco”, agregó

La titular del MEF agregó que el Gobierno, en coordinación con todos los sectores, acompaña los proyectos que van a ser importantes para la generación de empleo y para el crecimiento del país, según cita la agencia estatal Andina.

Sobre la Ley de Consulta Previa (Ley Nº 29785), debemos señalar que esta norma indica que: "Las comunidades campesinas o andinas y las comunidades nativas o pueblos amazónicos pueden ser identificados también como pueblos indígenas u originarios, conforme a los criterios señalados en el presente artículo".

De acuerdo a la norma, los criterios objetivos son los siguientes:

1. Descendencia directa de las poblaciones originarias del territorio nacional.

2. Estilos de vida y vínculos espirituales e históricos con el territorio que tradicionalmente usan u ocupan. 

3. Instituciones sociales y costumbres propias.

4. Patrones culturales y modo de vida distintos a los de otros sectores de la población nacional. 

Además, señala la ley, "el criterio subjetivo se encuentra relacionado con la conciencia del grupo colectivo de poseer una identidad indígena u originaria".

Como es la "Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)", debemos considerar lo que señala la OIT, que precisa que "las concesiones mineras deberán ser consultadas si es que se acredita que afectan directamente a las comunidades campesinas”.


[Foto de portada: Andina]


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