Tal como lo anunció el Gobierno en la víspera, este martes se publicó la norma que permite a las empresas en el Perú aplicar, de manera excepcional, la suspensión perfecta de labores a sus trabajadores, que en pocas palabras es una licencia sin goce de haber, a raíz del impacto económico que ha generado la inmovilización social obligatoria por el brote del nuevo coronavirus en el país.
El Decreto de Urgencia Nº 038-2020, publicado El Peruano, libera la disponibilidad de parte de la CTS y sus aportes a las AFP para los trabajadores bajo esta figura legal, que accederán a los fondos de sus compensaciones por tiempo de servicios (CTS) hasta por una remuneración bruta mensual por cada mes calendario vencido de duración de su licencia sin goce de haber.
El dispositivo señala que las entidades financieras deben desembolsar el monto correspondiente, a pedido del trabajador y con la confirmación de que este está comprendido en una medida de suspensión perfecta de labores.
Para ello, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) habilitará una plataforma de consulta para las entidades financieras, o en su defecto, les remite con frecuencia semanal o menor, a través de medios informáticos, la información que corresponda sobre las suspensiones perfectas de labores presentadas por las empresas.
La norma también señala que la solicitud del trabajador puede ser presentada por vía remota y ejecutada mediante transferencia a cuentas activas o pasivas que el solicitante indique. Esta medida es adicional a la libre disposición regulada en el Decreto de Urgencia Nº 033-2020, que permitió el retiro de hasta 2.400 soles.
¿Si no hay saldo en la CTS?
El trabajador bajo suspensión perfecta de labores que no cuente con fondos o saldo suficientes en su cuenta CTS, puede solicitar a su empleador el adelanto del pago de la CTS del mes de mayo de 2020 y gratificación del mes de julio de 2020, calculados a la fecha de desembolso.
Esta solicitud también puede ser presentada por vías no presenciales y ejecutada mediante transferencia a cuentas activas o pasivas que trabajador indique. Por su parte, el empleador debe efectuar el adelanto dentro de los primeros cinco días calendarios de efectuada la solicitud del trabajador.
¿Cómo funciona la disponibilidad de aportes a las AFP ?
El decreto también dispone, por única vez y para trabajadores con vínculo laboral vigente en suspensión perfecta de labores, el retiro extraordinario de hasta 2.000 soles de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de los afiliados a la AFP.
El MTPE habilitará una plataforma de consulta para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) o a la asociación que las representa, con toda la información sobre las suspensiones perfectas de labores aprobadas.
Para ello, los afiliados a las AFP pueden presentar su solicitud este mismo mes de abril ante su AFP, de manera remota o utilizando para ello los canales establecidos por cada administradora de fonddos.
La norma precisa que se accederá al pedido incluso si al momento de evaluación de la solicitud los trabajadores solicitantes no cuenten con el pago del aporte previsional del mes de febrero o marzo de 2020.
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