El Ejecutivo oficializó este martes el subsidio de S/ 760 al mes para empleados de las micro y pequeñas empresas (mypes) del Perú que estén con licencia sin goce de haber, a través del Decreto de Urgencia Nº 038-2020, que autoriza de manera excepcional a los empleadores a solicitar la suspensión perfecta de labores de sus trabajadores.
La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, precisa que para trabajadores en una suspensión perfecta de labores del régimen laboral de la microempresa y cuya remuneración bruta sea de hasta 2.400 soles, se aplicará el subsidio llamado "Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19".
El subsidio es otorgado por el Seguro Social del Salud hasta por un monto máximo de 760 soles por cada mes calendario vencido que dure la correspondiente medida de suspensión perfecta de labores, y será por un periodo máximo de tres meses.
El beneficio se otorga a solicitud de los trabajadores vía la plataforma web que el Seguro Social de Salud (Essalud) implementará para tal fin.
Para aplicar al subsidio, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remite, a través de medios informáticos, la información sobre las suspensiones perfectas de labores aprobadas.
Además, en la solicitud que presenten los trabajadores, se debe ingresar un Código de Cuenta Interbancario (CCI) de una cuenta válida y activa en moneda nacional, que no sea la misma de la Compensación por Tiempo de Servicios.
DATO
◉ Para este subsidio, el Ministerio de Economía y Finanzas transferirá al Ministerio de Trabajo la suma de hasta 652.510.920 soles para luego ser transferidos a favor del Seguro Social de Salud (Essalud) mediante transferencias financieras.
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