En la zona de Apurímac, Cusco y Arequipa, se ubican varios proyectos mineros, entre los que destacan Las Bambas de la china MMG Limited y Antapaccay de la suiza Glencore. Por estos y otros proyectos, comunidades campesinas de la zona han venido realizando protestas en exigencia de que se respeten los derechos ambientales y a la salud en un contexto de actividades extractivas.

Ante ello, desde hace meses, el gobierno del presidente Martín Vizcarra viene reaccionando a las demandas ciudadanas con medidas restrictivas como la declaratorias de emergencias.

Este miércoles, se publicó, en el diario oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 043-2020-PCM, por el que el Ejecutivo prorroga el Estado de Emergencia “por el término de 30 días calendario, a partir del 9 de marzo de 2020, declarado en parte del Corredor Vial Apurímac-Cusco-Arequipa, incluyendo los quinientos metros adyacentes a cada lado de la vía, en los tramos comprendidos por el distrito de Coporaque de la provincia de Espinar y por el distrito de Ccapacmarca de la provincia de Chumbivilcas, del departamento de Cusco”.

Es decir, la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas mantienen el control de la zona.

Con ello, afirma CooperAcción, el gobierno de Vizcarra:

"sigue optando por la misma estrategia de suspender las garantías y los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de los domicilios y la libertad de reunión, como respuesta a las demandas de las poblaciones que reclaman por claras afectaciones de sus derechos".
"La renovación casi automática y las prórrogas, han convertido los Estados de Emergencia en estados permanentes en esta zona del país".

Anteriormente, Luis Gárate, de CooperAcción, recodó que, según el artículo 137 de la Constitución, un estado de emergencia se da “en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.” 

"En otras palabras es una medida que debe adoptarse en casos de extrema necesidad, como por ejemplo ocurrió en el periodo del conflicto armado interno", sostuvo.

En este sentido, Gárate citó al abogado cusqueño Ramiro Llatas, quien señala que todas las declaratorias de estados de emergencia tienen algo en común: se basan en informes que tienen carácter reservado y que son emitidos por la Policía.

“La Policía Nacional a través del Ministerio del Interior, tendrían vigentes convenios policiales para que efectivos de la policía nacional presten servicios de seguridad privada a las empresas mineras que se encuentran en el corredor vial minero, entre ellas las Bambas”, señala Llatas.
"Esto refuerza la idea de que esos informes podrían tener un sesgo tendencioso a favor de las empresas mineras", agrega.

Gárate afirma que el gobierno no puede hacer un uso indiscriminado de la figura de los estados de emergencia, ya que estos vulneran los derechos humanos. "Es una forma de intimidación a la población y pone en riesgo a todas las comunidades de las zonas comprendidas", señala.


[Foto de portada Noticias SER]


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