La ciudadana peruana Ana Estrada (42) pide que se reconozca su derecho a la muerte digna, ya que desde hace más de treinta años sufre de polimiositis, una enfermedad autoinmune, progresiva y degenerativa que actualmente la mantiene en condición de semi-postración, bajo el cuidado de enfermeras las 24 horas, sin poder trabajar y viviendo en casa de sus padres.

Por ello, Ana inició una campaña primero a través de redes sociales y un blog, en el que explicó su decisión.

“…les diré de mi deseo de morir porque llevo 3 años investigando, preguntando, contactando, elucubrando mil formas de hallar la muerte sin que mi familia salga perjudicada. Y hasta he tratado de ahorrar (ingenuamente) para ir a Suiza. Pues bien, me cansé y decido que lo último que me queda por hacer es contarles de mi historia y mi lucha y así encontrar apoyo no solo de los que me conocen sino también de cualquiera que crea en el derecho a la libertad. Creo que no hay mayor gesto de amor que el de ayudar y apoyar a un ser amado a hallar su muerte y ponerle fin al sufrimiento. Es una decisión que tomé el día que volví a UCI por segunda vez por una recaída con neumonía”.

En las últimas semanas, Ana contó con la asesoría de la abogados de la Defensoría del Pueblo, que asumió su defensa. El último fin de semana, esta institución presentó una acción de amparo para que se reconozca su derecho a una muerte en condiciones dignas.

Esta medida es necesaria, ya que lamentablemente en el Perú, el acto de poner fin a la vida de una persona que lo solicita de manera expresa y consciente por dolores intolerables que padece, producto de una enfermedad incurable, constituye un delito tipificado en el Código Penal, bajo el nombre de homicidio piadoso (artículo 112 del Código Penal), con una pena de hasta 3 años de cárcel, explica la Defensoría del Pueblo.

La demanda de ampara fue interpuesta por la Defensoría del Pueblo, representada en el defensor Walter Gutiérrez, ante el Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Los derechos fundamentales que se defienden a partir del caso de Ana Estrada son los siguientes, como explica la Defensoría:

Además, cabe precisar que la muerte digna no es lo mismo que suicidio asistido ni la eutanasia. Como ha explicado antes la abogada Josefina Miró Quesada, la muerte digna es el derecho fundamental que se basa en la potestad de la persona a decidir cuándo y cómo cesar con la vida "cuando esta producto de una enfermedad grave e incurable genera sufrimientos que hacen intolerable, a juicio de la persona, seguir viviendo".

La muerte asistida, por su parte, implica la participación de un tercero y no necesariamente implica una enfermedad. En el caso de la eutanasia, esta se realiza cuando una junta médica aprueba un procedimiento para que otra persona aplique alguna sustancia que provoque la muerte al paciente de una enfermedad grave e incurable.

Ana Estrada, de 42 años, teme que, con el tiempo, pase a depender totalmente de un ventilador, del que ya depende casi todo el día: puede estar apenas 4 horas al día en su silla de ruedas o respirando espontáneamente por la tráquea. Por ello, apelando a su derecho a la libertad, Ana busca tener una muerte digna.


[Foto de portada: Defensoría del Pueblo]


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