“La aplicación del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático garantizará un crecimiento sostenible bajo en carbono y reducirá las pérdidas económicas a través de una adecuada gestión de los riesgos climáticos”, dice la ministra del Ambiente, Fabiola Muñoz, al resaltar el decreto supremo que lo aprueba. 

De acuerdo con el Ministerio del Ambiente (Minam), este reglamento establece una acción climática multisectorial, multinivel y multiactor, y considera la inclusión de los enfoques de género, interculturalidad e intergeneracional. “Gracias a este reglamento, la ciudadanía no solo podrá hacer seguimiento a la acción climática de las autoridades nacionales, regionales y locales. También podrá involucrarse y aportar con propuestas y acciones concretas a la ambición climática del país”, añade.

La primera etapa de construcción del reglamento comprendió 48 talleres a lo largo del país con la participación de 2,200 representantes de todos los actores sociales. Siguió la consulta pública y finalmente la consulta previa con los pueblos indígenas que tuvo la intervención directa de 1,433 líderes.

Estrategia nacional

Entre los puntos más importantes se destaca que los gobiernos regionales y locales tienen como funciones elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su estrategia regional de cambio climático y sus planes locales de cambio climático, respectivamente, de conformidad con la Estrategia Nacional de Cambio Climático, las contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC por sus siglas en inglés) y sus instrumentos de gestión territorial vigentes.

También establece parámetros de diseño y ejecución de las medidas de adaptación, gestión de riesgo y medidas de mitigación del cambio climático, y se crea el Sistema para el Monitoreo de las Medidas de Adaptación y Mitigación con el objetivo de realizar el seguimiento y reporte del nivel de avance en la implementación de las medidas de adaptación y mitigación, así como lo referido a su financiamiento, el acceso a pagos por resultados, etc.

“El reglamento pretende ordenar y alinear los esfuerzos y capacidades de las entidades sectoriales y subnacionales a todo nivel para la implementación de medidas de adaptación y mitigación”, anota Fátima Contreras, del Programa de Política y Gobernanza Ambiental de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA).

Al ser el Perú un país altamente vulnerable frente a los efectos negativos del cambio climático, a pesar de no ser un emisor considerable de gases de efecto invernadero (GEI), el desafío es desarrollar sus capacidades de adaptación frente a eventos climáticos extremos. De hecho, el reglamento establece parámetros para la medición de emisiones y remociones de los GEI. “El reglamento desarrolla en su capítulo II y pone en claro cuáles son las competencias y obligaciones de los gobiernos regionales y locales, así como las autoridades sectoriales. Esto implica un avance en tanto establece que la obligación de considerar el cambio climático en la formulación de políticas y otros instrumentos de gestión y planificación”, agrega Contreras.

El reto de estas disposiciones –apunta la abogada– es la concreción de estos instrumentos en medidas y acciones específicas. “Para ello, las autoridades subnacionales enfrentan desafíos institucionales propios en torno de la gestión de sus presupuestos, y el abastecimiento de equipos técnicos y capacidades técnicas necesarias para implementar medidas de adaptación y mitigación eficientes. El Minam se ha establecido como articulador y ofrece asistencia técnica legal para ello por lo que será importante dar seguimiento a cómo se operativizan estas disposiciones”, explica.

Pueblos indígenas y cambio climático

El reglamento también establece la obligación de respetar y garantizar el acceso y difusión de la información en materia de cambio climático, así como garantizar espacios de participación ciudadana y de los pueblos indígenas u originarios a través de sus organizaciones representativas, a nivel nacional, regional y local, con la finalidad de proteger y garantizar su identidad, sus costumbres, conocimientos y prácticas ancestrales, tradiciones e instituciones.

“El reglamento es un avance importante y, aunque parcial, sienta las bases para seguirlo profundizando. Es un avance logrado por la persistencia de la lucha indígena nacional, especialmente a partir de las primeras propuestas presentadas por la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep). A la vez, este decreto también expresa una tensión entre la ambición climática de los pueblos indígenas y del movimiento social en general con la timidez climática por parte del Estado”, dice Roberto Espinoza, consultor que ha apoyado a la mayor organización indígena en este proceso.

Durante la COP25, que se llevó a cabo recientemente en Madrid, la ministra Muñoz resaltó que su portafolio considera que el cambio climático tiene rostro humano. “Necesitamos sociedades más justas y equitativas. Reconocemos los derechos colectivos y la cosmovisión de los pueblos indígenas y las plasmaremos en la Plataforma Climática Indígena, en sintonía con el Acuerdo de París. Reglamentar la Ley Marco sobre Cambio Climático ha marcado la inclusión de los enfoques de género, interculturalidad e intergeneracional”, dijo ante funcionarios de alto nivel de la ONU.

En efecto, este reglamento crea la Plataforma de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático (PPICC), como un espacio de los pueblos indígenas u originarios, para la gestión, articulación, intercambio, sistematización, difusión y seguimiento de sus propuestas de medidas de adaptación y mitigación, y de los conocimientos, prácticas y saberes tradicionales y ancestrales en cambio climático que contribuyen a la gestión integral del cambio climático.

“Un punto importante de este decreto supremo es la conformación de la PPICC, lo cual es una innovación global. Es una propuesta lanzada al mundo para la plataforma climática global no sea un edifico que se construye desde el techo sino desde los cimientos. Esto es muy importante en el Perú”, resalta Espinoza.

Contreras indica que esta plataforma tiene la finalidad de establecer un espacio para la gestión, articulación, intercambio, sistematización, difusión y seguimiento de sus propuestas de medidas de adaptación y mitigación.

“De la revisión de todo el cuerpo normativo, se ha considerado la participación de poblaciones indígenas en procesos de toma de decisión y como criterios y enfoques particulares en la formulación de instrumentos y medidas de adaptación y mitigación. Sin embargo, no se desarrolla un apartado particular sobre medidas especiales para atender el rol que cumplen en la mitigación y adaptación de estos pueblos”, advierte.

Es importante considerar que las poblaciones indígenas cumplen un rol importante en la gestión y conservación de ecosistemas. Espinoza destaca los planes de vida como herramienta clave de gestión climática, “para que su participación no sea filtrada por criterios tecnocráticos respecto a qué es lo que los pueblos indígenas requieren para sus necesidades y demandas, o qué tipo de beneficios se debe canalizar en los procesos climáticos”.   

Financiamiento climático

En opinión de Espinoza, es fundamental que se proponga la equidad y la interculturalidad en el financiamiento climático dirigido a los pueblos indígenas, pues “los que más contribuyen la remoción de carbono son los que menos están recibiendo de este financiamiento climático que se queda en la burocracia y la tecnocracia nacional y regional”.

“En este punto se lograron varios artículos en los que se señala que tiene que haber una prioridad para que los pueblos indígenas canalicen el financiamiento. Debe haber una asistencia técnica por parte del Minam para elaborar las propuestas específicas y también se va a trabajar hacia la elaboración del fondo climático indígena, que no se pudo lograr como tal en el reglamento pero hay una línea de avanzar en el diseño”, indica.

Para Contreras es positiva la inclusión de los criterios de cambio climático en la elaboración de instrumentos de inversión y presupuesto público: “A partir de la Ley Marco de Cambio Climático se estableció que los programas presupuestales, programas y proyectos de inversión pública incluyan medidas de adaptación y mitigación. Esto se traduce en que los proyectos de inversión pública, por ejemplo, deben considerar las variables de cambio climático en su formulación, lo cual es clave para la gestión del riesgo de desastres”.

La abogada considera que esta inclusión permitiría a los gobiernos subnacionales invertir en medidas para adaptación sin la necesidad de incorporarlo como un enfoque complementario. Es decir, tendrían la oportunidad de destinar de recursos específicos para cumplir estos objetivos.

Ambos especialistas no dudan de que este reglamento es un avance, y, por supuesto, hay que ir más allá del papel. "Este reglamento implica un avance necesario e importante para la gestión de la crisis climática que afecta al país, aunque será mucho más importante dar seguimiento a su implementación y cómo se concretarán las disposiciones en acciones específicas", sentencia Fátima Contreras.

En tanto, Roberto Espinoza considera que lo que se ha logrado en el papel es un punto importante para la continuidad de la lucha indígena que siempre es permanente pero no se puede decir que el reglamento garantiza una acción climática efectiva porque ha habido partes que requirieron mucho más fuerza. "Lo que viene ahora es la etapa de aplicación. Como sabemos, en el Perú abundan las leyes muy bien redactadas y muy mal aplicadas. Todo esto dependerá de la voluntad política de los gobernantes de turno y de los gobiernos regionales, y se abre un gran desafío para la acción y movilización de los pueblos indígenas y sus aliados, la sociedad civil, porque la ley abre un espacio de participación importante que debe ser cubierto con una gran capacidad organizativa de movilización y técnica para que lo que está logrado en el reglamento pueda ser llevado a la práctica", subraya. 

El esperado reglamento de la Ley Marco de Cambio Climático ya está, luego de un intenso diálogo, con muchos acuerdos y algunos desacuerdos, como era de esperar. Ahora resta acompañar al Minam y hacer el seguimiento que sugieren los entrevistados por La Mula. La acción climática es tarea de todas y todos.


(Foto abridora: Alberto Ñiquen)