¿Minería moderna y fiscalizada? Más allá de los mensajes que algunas empresas mineras emitan a través de los medios de comunicación, el hecho es que desde el 2014 varias de ellas venían presentando demandas judiciales para dejar de pagar por concepto de aporte por regulación, dinero que sirve para financiar al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Oefa). Si la pretensión de las empresas mineras se concretaba, este organismo prácticamente desaparecía, ya que perdería aproximadamente 75% de su presupuesto.
Por ello, el fallo del Tribunal Constitucional (TC), que se hizo público la semana pasada y que declaró infundada la demanda de Sociedad Minera Cerro Verde S. A. A. "es un gran avance para conseguir la consolidación de la fiscalización ambiental en el país y su institucionalidad y ayuda a reducir la conflictividad en torno a los proyectos extractivos", opinó la asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).
“El fallo del TC fortalece el rol del Estado para que Oefa supervise y fiscalice las actividades de las empresas en Perú y defiende el derecho a la vida, la salud y a un ambiente sano de la población”, dijo Vanessa Cueto, vicepresidenta de DAR.
“Además, permite proteger el derecho al ambiente sano y equilibrado de las personas mediante la aplicación de principios de la Ley General del Ambiente como el de precaución y prevención”, agregó.
En el 2015, Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. pidió la devolución del Aporte por Regulación (APR) que entregó al Oefa por un monto de S/ 696 millones 985 mil 898. Esta empresa protestó por la resolución de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que declaró concluido el proceso que se había iniciado contra la fiscalización ambiental.
En su resolución, los magistrados del TC argumentaron:
"El aporte por regulación se calcula sobre la base de la facturación mensual de la empresa minera, deduciendo a ello el impuesto general a las ventas y el impuesto de promoción municipal, con lo cual, objetivamente pagan más quienes más facturan y quienes más facturan es porque más minerales extraen para su producción, esto es, la magnitud de los impactos generados por el desarrollo de las actividades económicas está directamente relacionada con el volumen (cantidad) de la producción y/o extracción de algún tipo de bien".
"En tal sentido, esta forma de cálculo garantiza la igualdad de los contribuyentes y evita la confiscatoriedad de su patrimonio. Así, el principio de igualdad tributaria, conforme lo ha manifestado este Tribunal en reiteradas oportunidades, no significa que toda riqueza deba ser gravada de la misma forma e intensidad, sino que ello debe hacerse atendiendo a circunstancias concretas [...]".
En el 2014, los pagos por aportes por regulación representaron el 179% (S/ 109 millones) respecto al total del presupuesto del Oefa; en el 2015 significó 76.8% (S/ 118 millones); el 2016 representó el 84% (S/ 133 millones); el 2017 fue el 86% (S/ 141 millones); y el 2018 alcanzó el 70.1% (S/ 145 millones).
[Foto de portada: Andina]
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