El Pleno del Congreso de la República aprobó, con 70 votos a favor, 23 en contra y 16 abstenciones, el texto sustitutorio del dictamen del Proyecto de Ley 4187, sobre la democracia interna en los partidos políticos, el segundo de la reforma política. Los parlamentarios aceptaron exonerar de la segunda votación a la norma a pedido de la presidenta de la Comisión de Constitución, la fujimorista Rosa Bartra.

Entre lo que más destaca del texto sustitutorio final sobre las elecciones internas es que la ubicación de los candidatos en la lista será designada por el órgano competente en la organización política. “En la lista de candidatos, la ubicación de los designados es establecida por el órgano competente de la organización política, respetando los principios de democracia interna”, se indica en la norma.

Otro punto que resalta son las disposiciones complementarias transitorias, que sostiene que “los candidatos a elecciones primarias para las Elecciones Generales 2021, deberán tener, al menos, seis meses de afiliación a la organización política con anterioridad a la fecha de las elecciones primarias”. La nueva norma establece que los partidos políticos nuevos inscritos, luego de que entre en vigencia la ley, deben realizar elecciones primarias para definir sus candidatos al Congreso y a la Presidencia de la República. 

Durante el debate se incluyó la disposición transitoria que será válida solo para las elecciones del 2021. Esta establece que los partidos políticos creados antes de esta ley podrán, de forma opcional, realizar elecciones internas con la participación solo de sus afiliados, mientras que las organizaciones nuevas deberán realizar su proceso de forma abierta y obligatoria.

Varios congresistas expresaron su incomodidad luego de que Bartra informó que no se había aceptado la alternancia durante las elecciones internas. Argumentó que esto fue para “evitar el abuso por parte de los órganos partidarios que podrían designar de forma no consecutiva los números de cada postulante”. Además, señaló que podría ser contradictorio al acercamiento de las listas políticas a la población. 

La legisladora Marisa Glave, de Nuevo Perú, criticó el que se haya eliminado a la alternancia, a pesar que solo se solicitó se modifique la palabra por el que serán designados de “manera contigua”. El fujimorista Miguel Torres respaldó lo dicho por Glave y solicitó a la titular de la Comisión de Constitución que haga los ajustes solicitados “sino vamos a tener dos dictámenes contrapuestos”, afirmó.

En tanto, Alberto Quintanilla calificó de discriminatorio que no se apliquen las mismas reglas, bajo los mismos porcentajes, a los partidos políticos y movimientos regionales. Señaló también que Bartra no prestaba atención cuando él exponía sus sugerencias. “Espero que sus asesores hayan tomado nota”, dijo. 

A esto se sumó Richard Arce, quien cuestionó las diferencias en las brechas de militantes en los partidos políticos nacionales y movimientos regionales. “Pongamos el suelo parejo”, señaló el legislador de Alianza Para el progreso.

Batra solicitó la palabra para indicar que aceptaban las modificaciones en los artículos 21 y 24 de la norma que se incluirán en el texto sustitutorio. “Por temas de tiempo y por imposiciones no ha sido posible impulsarse”,alegó la fujimorista. Previo a la votación, el presidente del Congreso, Daniel Salaverry, pidió que se modifique el texto con los requerimientos presentados. 

Las modificaciones son: 

En el artículo 21 inciso 3, el Jurado Nacional de Elecciones facilita el acceso en la base de datos y fiscaliza la hoja de vida de candidatos en elecciones primarias.

En el artículo 24 A se cambia el término de precandidato por candidato.

En el artículo 24 B sobre candidatos, la ubicación de los designados es establecida por el órgano competente de la organización política respetando la democracia interna.

A la fecha quedan pendientes cuatro proyectos de ley sobre la reforma política, impulsada por el Poder Ejecutivo. Los dictámenes que aún no se han decidido en el Pleno son los relacionados con la inmunidad parlamentaria, la tipificación del delito de financiamiento prohibido y la prohibición para ser candidato y la paridad y alternancia en las listas de candidatos al Congreso. 

(Foto de cabecera: Congreso)

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