La Quinta Sala Contencioso Administrativa de la Corte de Justicia de Lima ordenó a Uber Perú S.A a implementar el Libro de Reclamaciones en su aplicativo móvil (app), pues considera a esta empresa multinacional como proveedor de servicios.

La resolución, emitida del 1 de abril de 2019, señala que la omisión del pedido constituye una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor, y  precisa que el concepto de portal web incluye la app, por lo que los proveedores no pueden eludir la obligación de implementar el Libro de Reclamaciones, tal como lo exige la normatividad peruana. 

Uber Perú S.A. fue sancionada por Indecopi en junio de 2018 por no contar con el Libro de Reclamaciones en su aplicativo móvil para que sus consumidores puedan presentar sus reclamos a través de este. 

En esa oportunidad, Uber cuestionó judicialmente la decisión del Indecopi, al negar que tenga la condición de proveedor de servicios y obtuvo una medida cautelar del 24° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, que dispuso suspender la implementación del Libro de Reclamaciones.

Indecopi apeló y el 6 de mayo último fue notificada que la Quinta Sala Contencioso Administrativa de Lima rechazó, el 1 de abril, la medida cautelar de Uber, y dispuso la implementación del Libro de Reclamaciones en su aplicativo móvil.  

El Poder Judicial precisó que este fallo se refiere a la medida cautelar de Uber, mientras que la demanda de Indecopi continúa en trámite en primera instancia judicial.

Documento: Esta es resolución del Poder Judicial sobre el caso (pdf)

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