La congresista de Fuerza Popular Rosa Bartra salió en defensa de su colega de bancada Segundo Tapia, cuestionado por contratar a dos sobrinos suyos que trabajan en su despacho de la segunda vicepresidencia del Congreso. 

Bartra, como ya es costumbre, justificó a  a su colega señalando que este no ha cometido ninguna falta, pese a que reglamento del Parlamento así lo señala. 

"Existe una ley de nepotismo que claramente establece cuáles son los impedimentos que hay. Que se investigue. Yo estoy convencida que (en el caso del) congresista Tapia no hay ningún tipo de incompatibilidad. Él ya dio las explicaciones", aseguró a canal N.

Para la también titular de la Comisión de Constitución, se debe abrir investigación a todos los trabajadores del Congreso y no solo a los allegados a Fuerza Popular. "Exhortaría a la parte administrativa del Congreso que haga una investigación de todos. El Congresista Tapia ya dio sus explicaciones, ahora que se investigue a todos", enfatizó la fujimorista.

fuente: la república

Este viernes, Correo reveló que dos sobrinos del segundo vicepresidente del Poder Legislativo laboran en su despacho. Se trata de Miguel y Eduardo Talledo Elera, hijos de la prima de la esposa del fujimorista, Leonor Elera, quienes cumplen la función de "asistencia especializada en las comisiones del Congreso", reveló Correo.

El Reglamento del Congreso en el capítulo II del Código de Ética consigna que, como parte de las normas de conducta que debe tener un parlamentario, se encuentran la de "no emplear o tener ad honorem en el servicio parlamentario de su despacho congresal o en las Comisiones que integre familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad".

Pese a la evidente violación del reglamento, Tapia ha defendido la contratación de sus parientes alegando que "no son (sobrinos) directos". El fujimorista ha admitido que son sus familiares, pero que "legalmente pueden trabajar", ya que mantenerlos cerca "es políticamente correcta", al tratarse de "cargos de confianza".

Lo cierto es que, acuerdo a la ley de nepotismo, las prohibiciones respecto a parientes, son aplicables hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por razón de matrimonio. Lo mismo se remarca en el reglamento del Congreso: "No se puede emplear o tener ad honórem en el servicio parlamentario de su despacho congresal o en las Comisiones que integre familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad".

(Foto de cabecera: RPP)

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