La polémica está servida en torno al promocionado videoclip del cantante colombiano Carlos Vives, estrenado hace unos días y que ha sido duramente criticado por el tipo de estampas que muestra de la capital así como por el contrato millonario del que el producto sería parte entre Promperu y Sony Music.

¿Pero se beneficia realmente nuestro país de este acuerdo? ¿Quién buscó a quién para materializar la idea? ¿Tenía Promperú la última palabra sobre algo que estaba pagando?

Gustavo de la Torre, representante de varios artistas nacionales y conocedor del ambiente musical en el país, analizó punto por punto el documento con el objetivo de que se pueda tomar posición informada en este caso.


Encontré varias cosas que creo deberían ser de conocimiento público, ya que probablemente poca gente se tome el trabajo de leerlo a conciencia. Finalmente, la información es lo que nos permite tomar posiciones, de modo objetivo, una vez más. Básicamente, este es un contrato en el que PromPerú auspicia a Sony Music, lo cual ya es un problema. 

Comenzamos, son varios puntos, así que abriré varios bullets esta vez:

- En Noviembre del 2017, Sony le presenta a PromPerú la posibilidad de realizar videoclips con sus artistas. Entonces, no es una estrategia que se le haya ocurrido a PromPerú (no fue su brillante idea como se ha estado leyendo por ahí), sino que llegaron a ellos y pues, decidieron tomarla. Vino desde Sony la iniciativa, que quede anotado eso.

- Se detalla que en el Anexo 1 del contrato, se pondrá una lista de los artistas con los que se podría trabajar este proyecto. Cuando lean esa lista, se van a volver locos de que la elección del primer artista por parte de PromPerú haya sido Carlos Vives... Yo al menos, habría escogido a Maluma o a Shakira comercialmente hablando (que sí, están en la lista, aunque mi corazón habría optado por Natalia Lafourcade seguramente).

- Las locaciones son propuestas, ojo, PROPUESTAS por PromPerú, pero ESCOGIDAS por Sony Music "según su exclusivo criterio" (estoy citando el contrato aquí). Si es un trabajo por encargo, digo, no debería PromPerú escoger las locaciones en tanto los destinos turísticos que necesitan subir números, en lugar de ser Lima y Cusco, que pues, ya están colmados de turistas, uno como destino gastronómico y el otro por albergar Machu Picchu?

- La plata por views de YouTube, es de Sony, no de PromPerú. Como están en los canales de VEVO de los artistas (por contrato), es lo lógico, pero lo detallo para que de ahí no aparezca alguien a decir que el país está ganando por las vistas del video, ya que no es así y el contrato lo estipula, los videos son de Sony Music.

- Peeeero, se le da durante un año la licencia no exclusiva a PromPerú de poder utilizarlos en sus comunicaciones públicas (más sobre este tema específico luego, que se pone más y más loco).

- Aquí empieza lo bueno. En el parágrafo primero, se acuerda que Sony Music le entrega los contenidos a PromPerú (osea, los videoclips), para que apruebe ÚNICAMENTE la figuración de las locaciones. Por qué sólo eso? Porque todo lo demás, artística y creativamente hablando, lo aprueba solamente Sony Music. Osea, si el cliente no es PromPerú (porque está pagando por el servicio), no debería tener un poco más de control? Amigos publicistas, no es normal que quien pone la plata sea quien toma la decisión finalmente? Entonces, el dueño de los videos en todo lo alto del contrato, a nivel de condiciones, es la disquera, así que el Estado está trabajando para el artista, y no al revés (por eso la figura de auspicio al inicio del texto).

- El siguiente punto es locazo también. Sony se compromete a varias cosas normales como hacer los videoclips y detrás de cámaras, 4 fotografías por video y 2 Video ID's (los artistas invitando a conocer el destino), lo cuál está bien. Facilitar también 2 entrevistas para medios, de máximo 10 minutos cada una (los medios, horarios, lugar, fecha y hora tienen que ser aprobados por Sony antes, lo cuál es mejor que nada, pero en fin), y conseguir un "número acordado" de publicaciones usando hashtags y taggeando cuentas porque #millennials.

- Peeeeero (me encantan estos "peros"), lo más loco de toda esta parte, es en la que Sony Music se compromete a "hacer su mejor esfuerzo" (ese término sale en el contrato, no lo estoy inventando) para las únicas dos cosas que me parecen chéveres de todo este acuerdo, que son que los artistas escogidos vengan a una rueda de prensa (que igual paga en su totalidad PromPerú, obvio) y que se realicen concursos conjuntos para que los participantes puedan conocer los destinos (no sé qué tendría que hacer Sony en esto porque no habla de los artistas pero fácil se olvidaron jajaja, igual esperemos hagan su mejor esfuerzo). El detalle aquí es ese, Sony no está OBLIGADO en absoluto a cumplir esta parte del contrato, sólo se requiere que "haga su mejor esfuerzo", que podría ser mandar un correo electrónico al artista que de repente jamás es revisado, y listo, simplemente esto no ocurre.

- La obligación 4 de Sony Music según el contrato es de poner en la descripción del video que fueron grabados en Perú y en colaboración con Marca Perú. Esto último (lo de Marca Perú) no se está cumpliendo actualmente así que Sony está en "incumplimiento de contrato". Para que estén al tanto.

- Dentro de las obligaciones de PromPerú todo es muy standard hasta que de pronto lees que todas las comunicaciones sobre este proyecto, deben pasar primero por aprobación de Sony Music... Una vez más, quién está pagando el proyecto? No sigue siendo esto súper raro?

- PromPerú, como dije anteriormente, puede usar estos videos en sus comunicaciones durante un año. Sí, todo este tema del gasto, sirve por UN AÑO, así que si en ese año no se recupera la plata y se gana más, pues todo habrá sido en vano. Ya no se podrá publicitar nada al respecto de estos dos videoclips, pero al menos Sony Music es suficientemente amable como para no obligar a que PromPerú borre los links de sus videos compartidos, siempre y cuando no los vuelva a promocionar nunca más :)

- Sobre el uso de marca en los contenidos, Sony puede usarla como se le dé la gana según el manual de uso de PromPerú. Lo bacán es que luego se aclara (sí, en el mismo párrafo), que se usarán no en los contenidos (osea, los videos), sino en las credenciales y demás información relativa a ellos. Osea... Ah? En la nota de prensa que sólo ven los medios? A qué se refieren con esto? No queda nada claro.

- La parte de confidencialidad es la que más me sorprendió. En un tema que involucra plata del Estado, es correcto que Sony Music no tenga por qué hacer público su plan de marketing y promoción para los videos? (Sí, eso dice el contrato). Creo que, estando en el ojo de la tormenta de dónde se va esa inversión de dinero del país, estar blindados de esa manera con el texto es bastante contraproducente y PromPerú debería poder exigir cambiar esto (de llano es bastante tonto que hayan firmado algo así e implica bastante desconocimiento del tema, más aún cuando es una entidad pública del Estado).

- Aquí viene la parte más interesante del contrato, y donde TODOS debemos estar atentos. La cláusula décimo segunda, habla de "Preferencia". Durante la vigencia del contrato (osea, hasta el 31 de diciembre del 2018, según el texto), un tercero u otra disquera, podría proponer un negocio similar a PromPerú, que termine siendo mejor en términos económicos para el Estado. Si Sony Music no puede igualar esa oferta en un mes, PromPerú puede decirles "oe, fue, me voy con esta oferta que está mejor que la tuya". Esta quizá es la única salida que tiene PromPerú de que se sigan cuestionando sus actos y de tomar un mejor negocio (que haga que sean dueños de algo no? al menos de poder tomar mayores decisiones de las que han quedado claras aquí, que son casi nada realmente). Nos quedan 3 meses para esto.


Este es el contrato:


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