No le sale una. La Tercera Sala penal para Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró “improcedente” la acción de hábeas corpus que presentó la defensa legal del expresidente Alejandro Toledo contra Pedro Pablo Kuczynski, el exministro de Justicia Enrique Mendoza y la excanciller Cayetana Aljovín.

Toledo, prófugo de la justicia tras revelarse que recibió US$ 20 millones de Odebrecht, interpuso el recurso en marzo pasado contra los citados por haber firmado la Resolución Suprema 054-2018-JUS que aprobó el pedido de su extradición al gobierno de Estados Unidos, donde se encuentra desde enero del año pasado.

Heriberto Benítez, abogado de Toledo, explicó en el documento presentado a la Corte Superior que en la tramitación de proceso de extradición contra su cliente  “se ha vulnerado su derecho de defensa, afectándole dolosamente el debido proceso, garantías judiciales y tutela procesal efectiva”.

Asimismo, criticó la “inusual celeridad” en el trámite de la extradición cuando en ese momento se vivía un “contexto de crisis política” en el gobierno de Kuczynski, que lo llevaron a la renuncia. También cuestionó que no se haya dado uso de la palabra a los abogados de Toledo para realizar un informe en la sesión del Consejo de Ministros donde se analizó el caso.

Esa fue una de la razones para pedir que se declare nula y sin efectos jurídicos la resolución que aprobó la extradición de Alejandro Toledo por los presuntos delitos de tráfico de influencias, colusión y lavado de activos, a pedido del Ministerio Público, que lo acusa de recibir millonarios de sobornos de Odebrecht y Camargo y Correa por los tramos II y III de la carretera Interoceánica.

Ante los reclamos de la defensa de Toledo, la sala integrada por Juan Carlos Vidal, Flor Poma y Luisa Napa se ha mantenido firme y estableció que “el argumento del demandante sobre la no concesión del ‘uso de la palabra’ en la sesión del Consejo de Ministros y supuesta persecución política traducida en ilegal celeridad en la decisión de acceder a la extradición y contexto de crisis política y, que con ello se estaría vulnerando sus derechos constitucionales, carece de sustento legal”.

En su resolución, la Tercera Sala penal para Reos Libres de la Corte Superior aclaró que la defensa de Toledo hizo uso de la palabra en la audiencia de extradición llevada a cabo el 5 de marzo, “por lo que en ningún momento del proceso se encontró en desventaja”.

(Foto de cabecera: La Primera)

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