El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el hábeas corpus a favor de Alberto Fujimori contra las sentencias que lo condenaron por el delito de secuestro agravado en perjuicio de Gustavo Gorriti y Samuel Dyer

El 7 de abril y el 30 de diciembre de 2009 el exdictador fue condenado como responsable de los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro agravado a 25 años de pena privativa de la libertad.

El recurso fue presentado en mayo del año pasado por su hija Keiko Fujimori, quien buscaba que sea exculpado de los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro por los que fue condenado a 25 años de pena privativa de la libertad.

Ya antes, en octubre de 2014, Fujimori había solicitado la nulidad de esas sentencias, por considerar que se lesionaron sus derechos al debido proceso de defensa, a la prueba, al contradictorio, a la igualdad sustancial y a no ser desviado de la jurisdicción predeterminada. Ese pedido también fue rechazado por el TC. 

Por mayoría, el TC declaró improcedente la demanda en cuanto a los extremos referidos a la afectación del derecho al juez natural y a los principios de legalidad procesal penal, presunción de inocencia e imparcialidad; y declaró infundada la demanda en cuanto a la supuesta afectación de los derechos de defensa y a la prueba, así como al principio acusatorio.

 Aquí el fallo