La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) implementó la modalidad de una Pensión Preliminar Flexible, para los afiliados al sistema privado de pensiones próximos a jubilarse, con el fin de que estas personas puedan acceder a un pago mientras que resuelvan todos los trámites que las AFP exigen, proceso que puede tardar más de dos años, como certificados de unión de hecho o de matrimonio, duplicado de partidas de nacimiento, reconocimiento de hijos extramatrimoniales, entre otros.

La medida se aprobó a través de una resolución publicada este lunes en el Diario Oficial El Peruano, dijo el intendente de Pensiones y Beneficios de la SBS, Héctor Cusman, quien explicó que la pensión provisional se extenderá por un plazo de 24 meses, con posibilidad de renovar por otros 24 más. 

Tras un estudio, la SBS determinó que solo la mitad de los afiliados recuerdan toda la información que se le exige al momento de jubilarse, entre lo que suele haber información clave para que el afiliado puede completar el trámite.

"La norma está en el marco de un trabajo de revisión de los beneficios, que busca priorizar la rapidez, la transparencia y la calidad", subrayó el funcionario citado por La República, al explicar que la Pensión Preliminar Flexible aplica para todos los afiliados que lleguen al término de su vida laboral (pensión por jubilación), para los que han perdido la capacidad laboral (pensión de invalidez), fallecimiento (pensión de sobrevivencia) y para los que tienen en trámite su Bono de Reconocimiento.

Será la misma AFP la que está obligada a informar al afiliado de este mecanismo y la solicitud se realizará mediante una Declaración Jurada, la cual debe ser resuelta en un plazo de seis días hábiles. El monto de la pensión provisional se fija como si fuera un retiro programado, con los fondos que que hay en la cuenta individual de capitalización, explicó Cusman.

"Una vez resueltos los trámites en espera, el jubilado pasa a un proceso de contratación definitiva de una pensión".

El intendente precisó que la norma aprobada por la SBS aplicará también para todos los trabajadores cuyos centros de trabajo aún no cumplen con entregar los aportes a sus AFP. 

Además, la medida permite a las Administradoras de Fondos de Pensiones definir los canales alternativos al presencial para otorgar la información al afiliado en momentos que necesita tramitar su jubilación.

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