Ad portas del inicio de un nuevo Año Escolar, la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) advirtió que las empresas de transporte público de pasajeros cuya unidad se oponga a recoger, transportar o cobrar el medio pasaje a un escolar, podrá ser multadas hasta con 20 UIT, equivalente a 83.000 soles.

Paúl Concha, director general de la DGTT, precisó que esta sanción también puede recaer contra la autoridad municipal que no cumpla con su función de fiscalizar a las unidades de transporte público de pasajeros.

"Hay un instrumento que cualquier ciudadano como consumidor puede denunciar ante Indecopi a la empresa de transporte y al propio Estado o municipio provincial, por no cumplir con su función fiscalizadora de verificar que se transporte a los escolares y les cobren el pasaje diferenciado", anotó.

El funcionario aclaró que es responsabilidad de las municipalidades provinciales a escala nacional realizar las labores de fiscalización de las empresas de transporte que realizan el servicio en su jurisdicción.

Aclaró que la DGTT es el ente que dicta los lineamientos, las políticas y los reglamentos nacionales, pero que la fiscalización y sanciones corresponden a los municipios provinciales.

“La ley es clarísima. Los municipios provinciales tienen que sancionar a aquellas empresas de transporte que no cumplen con recoger a los escolares y con aplicar este pasaje diferenciado a favor de los escolares", subrayó Concha.

En tal sentido, hizo una invocación a las autoridades ediles a cumplir con sus funciones fiscalizadoras a favor de la población escolar, teniendo en cuenta que este lunes 12 de marzo más de 6 millones de escolares de colegios públicos regresan a clases.

[Foto y texto: agencia Andina]

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